Logo de la Universdad de Valencia Logo Máster Universitario en Derecho, Empresa y Justicia Logo del portal

La alumna Belén Moreno defiende su TFM sobre el diálogo tripartito en el Ecuador

María Belen Moreno Novoa

El presente trabajo trata sobre el diálogo social tripartito en Ecuador y se encuentra dividido en tres capítulos.

12 de noviembre de 2019

Título: El diálogo social tripartito en Ecuador.

Autora: María Belén Moreno Novoa

El primer capítulo consistió en una aproximación histórica de la materia laboral en el Ecuador, direccionado a citar los acontecimientos más relevantes con relación a aspectos de trabajo, conflictos laborales y relaciones de producción y, se procuró mencionar, los acontecimientos vinculados con los conflictos laborales hasta nuestros días en el país. El Derecho del Trabajo es bastante nuevo en el país, como corriente y norma independiente, recién en 1938 se publicó el primer Código del Trabajo que aún sigue vigente.

Se revisó qué es la Organización Internacional del Trabajo (OIT), su estructura, los Convenios Internacionales relacionados con el tema y las resoluciones también conexas al tema. Es importante conocer su origen y los cambios que se han producido dentro de esta organización a lo largo de sus cien años de existencia.

En el segundo capítulo, se enumeraron brevemente las fuentes internacionales del Derecho Colectivo del Trabajo y, asimismo, las del Derecho Colectivo del Trabajo aplicable a América, con el fin de ubicarnos en un contexto internacional.

Se efectuó un recuento normativo de los cambios que se han generado con relación a aspectos laborales en Ecuador, desde la vigencia de la Constitución de la República del Ecuador en octubre de 2008. Así también, se analizaron las recomendaciones emitidas por el Comité de Libertad Sindical de la OIT y las sentencias expedidas por la Corte Constitucional del Ecuador.

Como tercer capítulo, se analizaron las quejas relacionadas con los Convenios 87 y 98 de la OIT, los cuales se encuentran clasificados en los convenios fundamentales para garantizar los derechos de los seres humanos en el trabajo. Se examinaron algunos casos presentados por Ecuador ante el Comité de Libertad Sindical.

Por último, se presenta la propuesta de modificaciones a un solo artículo del Código del Trabajo, para formalizar el espacio que debe ocupar el concepto y proceso de diálogo social tripartito en el Ecuador. Así también, se propone la modificación de un acuerdo ministerial a través del cual el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios, órgano existente en la normativa laboral ecuatoriana, amplíe sus funciones y competencias para que, además de fijar remuneraciones, se generen espacios de diálogo social tripartito.

Las conclusiones principales son las siguientes:

1.           Según la investigación realizada, el diálogo social tripartito en Ecuador es un tema nuevo. El diálogo social tripartito ha tratado de introducirse entre los principales actores que son el Gobierno, empleadores y trabajadores, pero hasta el momento ha generado poco resultado. Se ha limitado a acordar unánimemente por una sola vez el salario básico unificado para un ejercicio económico. Esa ha sido la principal motivación para desarrollar este trabajo, procurar introducir cambios en la normativa actual para que el espacio de diálogo social tripartito en el Ecuador se desarrolle y amplíe sus competencias.

2.           Luego de cien años de existencia, la OIT ha alcanzado injerencia en los países miembros y en el caso de países no miembros influye a través de la ONU. Sus recomendaciones han sido recogidas por el Ecuador, quizá a un ritmo menos eficiente que lo que los conflictos lo han requerido. El espacio de la OIT en los países miembros se ha ampliado gracias a la normativa blanda que ha emitido, ya que las grandes organizaciones mundiales buscan cumplir con la misma, para generar una imagen positiva en la sociedad.

En la declaración del milenio se mencionó reiteradamente al diálogo social y también se puso énfasis en empoderar a los mandantes tripartitos, como una de las competencias de la OIT. Por lo mencionado, entendemos que entre los nuevos retos de la OIT se encuentran estos conceptos.

3.           Por último, para el caso de Ecuador la OIT ha recomendado a través del Comité de Libertad Sindical, que se implemente un espacio de diálogo social tripartito para la solución de conflictos laborales, para la propuesta presentada hemos tomado como fundamento lo que establece el Convenio No. 144 de la OIT y que menciona que cualquiera de las partes puede pedir que se modifique el proceso de consulta vigente en un país.

Etiquetas