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El alumno peruano César Palacios defiende su TFM sobre la justicia ambiental en el Perú

César Alonso Palacios López

Cuando nos referimos a derecho ambiental hablamos de una materia compleja desde su objeto y su definición, que inclusive la doctrina no es del todo pacifica respecto a su propia denominación. Pero, a pesar de esto y alejándonos de discusiones semánticas, sí podemos afirmar que el ambiente o medio ambiente es un sistema donde interactúan componentes bióticos y abióticos, sin distinción de género y especie, en el cual se incluye y participa el ser humano.

22 de septiembre de 2020

Título: Acceso a la Justicia Ambiental en el Perú: Análisis desde el derecho ambiental y sus principales instituciones

Autor: César Alonso Palacios López

Es justamente la participación del ser humano respecto del medio ambiente la que presenta interés para el derecho y en particular para la rama del derecho ambiental, dado que se busca regular las interacciones del ser humano con el medio ambiente, pero con el fin último de buscar su conservación para garantizar la preservación de la especie. Esto implica, a su vez, que el derecho ambiental y su materialización en instrumentos jurídicos tengan vocación de favorecer e incentivar el desarrollo sostenible.

Adicionalmente, su mayor complejidad recae en su naturaleza técnica, por lo que desde el Derecho no podemos comprender al medio ambiente si no lo entendemos desde la óptica de otras ciencias como la biología, la química, la ingeniería ambiental, zoología, y cualquier otra ciencia que estudie algún componente particular del medio ambiente.

Esto representa un reto en sí mismo y hace que el Derecho deba adaptarse para responder a necesidades actuales y que la regulación en la materia tenga por supuesto un contenido técnico o científico preponderante. Por esto, deben reforzarse mecanismos y herramientas que permitan que tanto los ciudadanos como los operadores de justicia conozcan respecto del derecho ambiental.

Al ser el derecho ambiental y la protección del medio ambiente materias relativamente nuevas en el Perú, el tratamiento de los temas ambientales y la implementación de regulación que instrumentalice disposiciones Constitucionales o derivadas de tratados internacionales suscritos por el Estado Peruano, como la Declaración de Río de Janeiro de 1993, todavía se encuentran en una etapa inicial.

Con esto nos referimos a que el Estado peruano ha desarrollado políticas, emitido normas, creado instituciones e iniciado con el proceso de instrumentalización de la protección al medio ambiente, las cuales incluyen fortalecer mecanismos de educación, comunicación y acceso a la información, sin embargo, en conjunto estas no llevan más de quince años en ejecución y recién podemos encontrar resultados tangibles en los últimos años.

Asimismo, por la complejidad intrínseca de la materia ambiental, el acceso a la justicia ambiental es una materia compleja puesto que, en términos generales, el bien jurídico medio ambiente es de titularidad de todos los ciudadanos. Esto de cara al interés y legitimidad para obrar en una determinada vía debe de analizarse tomando en cuenta la naturaleza de este determinado bien jurídico.

Si bien no existe un proceso ad hoc en materia ambiental y cada vía de acceso a la justicia es independiente entre sí, con sus propios presupuestos, la legislación peruana en términos generales brinda tutela jurisdiccional efectiva y protección apropiada para este tipo causas.

Finalmente, como mencionamos líneas arriba, el proceso de avance en garantizar la protección del medio ambiente en el país es sostenido pero todavía en una etapa inicial del proceso.

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