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Estudiante defiende su TFM sobre la defensa de grupos vulnerables en Chile

Sebastián Schmoller Swett

En el actual periodo de convulsión constitucional, queda patente que el Estado de Chile aún no avanza en el reconocimiento del derecho de acceso a la justicia como garantía fundamental, centrando sus esfuerzos mayoritariamente en la prestación de asesoría jurídica a quienes no pueden proveérsela por sus propios medios.

1 de septiembre de 2023

Título: El modelo orgánico para la defensa jurídica de grupos vulnerables en Chile: próximos desafíos

Autor: Sebastián Schmoller Swett

Frente a esta concepción vinculada al acceso a la justicia como un elemento procesalista del ejercicio de la acción, la postura moderna busca generar un concepto propio y amplio, asociado a la consagración como derecho fundamental autónomo, con márgenes y elementos propios, asociados a la búsqueda o configuración de mecanismos que permitan la obtención de justicia, no solo mediante una sentencia judicial, sino que con otras herramientas adicionales al proceso, como la mediación, conciliación o arbitraje, la justicia vecinal u otros mecanismos de negociación entre partes que permitan ser verdadera alternativa o complemento de la instancia judicial.

En este escenario, Chile se encuentra varios pasos atrás. Si bien podemos notar esfuerzos en avanzar hacia una concepción moderna del acceso a la justicia, no solo como derecho fundamental en sí mismo, sino que también como mecanismo de garantía respecto del ejercicio de los demás derechos consagrados en la carta magna, el progreso en la materia no pasa de la mera intención. La suscripción de instrumentos multilaterales, como las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia, no han repercutido en la configuración de un sistema que permita coordinadamente gestionar la oferta pública en la materia; y los esfuerzos del Estado no han quedado plasmados en una verdadera política pública que permita ser rector del quehacer institucional de manera transversal.

Coincidentemente, todos los Presidentes de la República desde el año 1990 han relevado en sus respectivos programas de gobierno la importancia de avanzar en una consagración del acceso a la justicia, bajo diferentes fórmulas, pero ninguna de ellas ha podido materializarse como tal, sino que solo mediante esfuerzos casuísticos para dar respuestas a situaciones particulares. No resulta extraño por ende entender que la oferta pública se encuentra disgregada en diferentes organismos, cuyo sentido y alcance no se concibe bajo un verdadero sistema, sino que se materializa en esfuerzos descoordinados y dispersos, muchas veces sobrepuestos unos con otros, transformándose –consecuencialmente- en una de la tantas barreras de acceso a la justicia a las que se ven enfrentas especialmente los grupos vulnerables que requieren de una solución a sus problemas.

Las instituciones que representan la materialización del mandato constitucional del artículo 19 N°3, han quedado varios pasos atrás: Las Corporaciones de Asistencia Judicial, principales actores del sistema de prestación jurídica, han servido desde su creación en los años 80 del siglo anterior, como un instrumento de respuesta residual a los dificultades que la sociedad presenta. Cada vez que se pretende una nueva política o reforma judicial, y no se considera expresamente una nueva institucionalidad para hacerse cargo de las personas que debe acudir a ella, las Corporaciones reciben la misión de generar líneas de acción reaccionarias, sin mayor gestión estratégica. Debe sumarse a ello la pretérita estructura orgánica de funcionamiento que sostiene su actuar, concebidas como cuatro organismos que, salvo ciertos esfuerzos puntuales empujados desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, no cuentan con mayor vínculo ni coordinación. Dirigidas por Consejos Directivos sin un claro plan de acción, y compuestas por múltiples líneas de acción que no encuentran un verdadero sentido sistémico, hace que, ante la especialidad temática que representan dichas líneas, sus funcionarios muchas veces carezcan de las herramientas básicas para el correcto desarrollo de las mismas.

Urge el pronto reconocimiento del acceso a la justicia como garantía fundamental en la próxima constitución, de manera que el Estado de Chile se encuentre en el imperativo de generar una verdadera política pública e institucionalidad que sirva como hoja de ruta en los años venideros.

Resulta imperioso dejar atrás la actual organización de prestación que efectúan las Corporaciones de Asistencia Judicial, y avanzar en una estructura moderna y activa, como agente central de la visión estratégica estatal. Quizás el actual proyecto de ley que se discute en el Congreso Nacional – Boletín N°13.991-07- sea una aproximación a lo que nuestro país necesita.

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