Logo de la Universdad de Valencia Logo Máster Universitario en Derecho, Empresa y Justicia Logo del portal

TFM analiza el mercado asegurador en Ecuador y que supone la presencia de nuevos agentes

Pablo Roberto Cevallos Fonseca

Pablo Cevallos (Ecuador) despliega en los 5 capítulos de su TFM un análisis sobre la intermediación de seguros, la distribución de productos y servicios como figura contractual, y también las actividades de los actores no regulados; destacando la figura de los corresponsales no bancarios en el ámbito financiero, por su semejanza con el canal comercial.

25 de octubre de 2018

Título: La distribución de seguros en Ecuador y los retos planteados frente a nuevos operadores en el mercado.

Autor: Pablo Roberto Cevallos Fonseca

La legislación ecuatoriana establece que la gestión y obtención de seguros les corresponde a los asesores productores de seguros. Las instituciones del sistema financiero, particularmente los bancos, están facultados para actuar como canales en la promoción y comercialización de seguros, atribución de rango reglamentario porque no existe una ley especial que regule a la denominada “banca-seguros”. Ciertos actores no tradicionales como por ejemplo los concesionarios de vehículos, los establecimientos de comercio -en su mayoría de retail-, e incluso plataformas tecnológicas, han visto como oportunidad de negocio ofrecer a sus actuales o potenciales clientes, pólizas de seguro en distintos ramos, seguros cuya masificación se traduce en beneficio indirecto para el Estado y en procura de que la comunidad se encuentre protegida frente a los riesgos a los que está expuesta.

Considerando la dinámica comercial y la expansión del mercado, resulta insuficiente que los intermediarios de seguros ofrezcan sus servicios por sí solos. Los canales no tradicionales buscan un espacio en el mercado para de cierta manera transparentar y formalizar su rol alegal en la comercialización de pólizas. Actualmente, dichos canales están facultados por resolución para distribuir seguros, obviamente no para intermediarlos porque esa actividad tiene reserva de ley. La irrupción tecnológica permite masificar el seguro en beneficio de toda la población, por ello, el propósito de éste trabajo fue analizar la pertinencia de que canales -no sólo bancarios- promocionen, comercialicen y distribuyan seguros, sin que esto signifique desregular el mercado o convertir a los canales en intermediarios de seguros.

el TFM trata además sobre “banca-seguros” y el rol que cumplen los colaboradores externos de los mediadores de seguros

La investigación realizada contiene una propuesta de reglamento para que operadores no tradicionales, sujetándose a ciertas condiciones, subordinándose a los propios intermediarios, y con vínculos contractuales claros, puedan distribuir seguros en Ecuador. Lo que se busca es llegar al usuario y consumidor final de forma amigable y transparente, sin coacciones ni con incentivos desmesurados, de suerte que el adquirente tenga la certeza de que el canal comercial no es quien asume el riesgo y tampoco quien le brinda asesoría especializada en caso de reclamaciones, sino que el canal constituye únicamente un colaborador, un facilitador externo por cuenta del intermediario para la distribución de pólizas.

Para desarrollar el TFM, se utilizó el aporte comunitario de la Directiva 2016/97 del Parlamento Europeo sobre Distribución de Seguros, y particularmente la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, ley aún vigente en España en la medida de que la Directiva del Parlamento sea transpuesta íntegramente por el ordenamiento jurídico español. El TFM trata además sobre “banca-seguros” y el rol que cumplen los colaboradores externos de los mediadores de seguros; las actividades de ciertos actores como son las agencias de viajes, los comparadores de seguros y los propios concesionarios de vehículos al enmarcarse su actividad a la de mediadores de seguros complementarios, en la medida que ofrezcan productos accesorios, figura nueva a la luz del proyecto de Ley de Distribución de Seguros que se encuentra para aprobación en el Congreso de los Diputados de España.

la investigación se basó en el método dogmático, propositivo y comparativo con referencia a la legislación española y comunitaria

La investigación se despliega en 5 capítulos donde se analiza la intermediación de seguros, la distribución de productos y servicios como figura contractual, y también las actividades de los actores no regulados; destacando la figura de los corresponsales no bancarios en el ámbito financiero, precisamente por su semejanza con el canal comercial. Se discute además sobre el rol de las instituciones de educación superior en Ecuador en cuanto a su obligación para actuar como solicitantes de seguros por cuenta de sus estudiantes, y la legalidad o no de retribuir a los asegurados o a personas ajenas a la actividad de seguros. Se aborda también las distintas relaciones contractuales en la comercialización de seguros, partiendo del contrato de agencia entre aseguradoras e intermediarios, los requisitos que deben cumplir los asesores de seguros en cuanto a sus antecedentes y honorabilidad; la discrecionalidad de la empresa de seguros y del asesor para pactar comisiones, y, las controversias que surgen entre aseguradoras e intermediarios derivadas del contrato de agencia. Se concluye con una propuesta de reforma a la reglamentación de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera para regular a los canales alternos distintos de la banca para la comercialización de seguros. La investigación se basó en el método dogmático, propositivo y comparativo con referencia a la legislación española y comunitaria.

Etiquetas TFM