
La Cátedra de Gestión Integral y Recuperación de Recursos del Agua Residual DAM de la Universitat de València ha organizado el II Innotalk en la sede de la Entidad Regional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Murcia (ESAMUR). Este encuentro de debate y reflexión contó con la participación de Manuel Mesa, abogado experto en contratación pública del Ilustre Colegio de Sevilla; María Pilar Batet, Jefa del Servicio de Contratación y Central de Compras de la Diputación de Castellón; y Ana Lucía Jaramillo, Consultora Corvers Commercial and Legal Affairs, junto a técnicos de ESAMUR y de las empresas TYPSA, INTECSA-INARSA y DAM.
En este II Innotalk se debatió sobre las posibilidades que ofrece la Compra Pública Innovadora (CPI) tanto para las empresas privadas como para las administraciones públicas. En primer lugar, se expusieron las principales novedades que ha introducido la nueva ley de contratos del sector público, la Ley 2/2017 que transpuso las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE. Entre ellas destacan:
- La nueva ley abre una puerta a la CPI a través de la Asociación para la Innovación (AI) ya que permite elaborar los contratos en base a necesidades o funcionalidades sin que exista la necesidad de que el objeto del contrato tenga que estar bien definido desde el comienzo.
- Bajo la anterior premisa se permite la investigación y desarrollo por parte de las empresas licitadoras durante el desarrollo del procedimiento.
- Los órganos de contratación (organismos públicos) podrán asesorarse con terceros (empresas licitadoras, colegios profesionales, entre otros) para planificar el procedimiento de licitación, siempre manteniendo los principios de publicidad, concurrencia y transparencia mediante las consultas preliminares.
Los tres ponentes coincidieron en una serie de aspectos claves para potenciar la CPI:
- El objetivo final que persigue la CPI es que la administración promueva la creación de nuevos productos o servicios.
- Es fundamental que en la redacción del procedimiento de contratación no se prescriba en exceso para dar margen a la innovación. Se trata de definir las necesidades a cubrir sin definir cómo quieres que lleguen a cubrirse dichas necesidades.
- El precio no debe ser algo determinante para seleccionar al adjudicatario del producto o servicio.
En el II Innotalk también se presentó la metodología EAFIP como herramienta para facilitar la Compra Pública de Innovación en Europa tanto en la fase de preparación previa, durante la fase de elaboración del contrato como durante la ejecución del mismo. Se presentaron varios ejemplos de aplicación de CPI en Holanda.
Tras el debate entre los ponentes y el resto de asistentes se sacaron las siguientes conclusiones del Innotalk sobre el procedimiento de Asociación para la Innovación:
- El procedimiento regulado para la CPI a priori no parece muy atrayente para las empresas dado que han de invertir bastantes recursos durante las fases en el proceso sin ninguna garantía de éxito.
- Los órganos de contratación también comparten resultados y riesgos con las empresas participantes en el procedimiento.
- No existen ventajas claras, a menos a corto plazo, respecto a los procedimientos de compra tradicional. El objetivo es fomentar la innovación.
Se trata de un procedimiento de contratación estratégico entre los órganos de contratación y entre los licitadores. Las empresas deben verlo como una inversión de futuro dado que en el caso de que sean finalmente seleccionados les permitiría darse a conocer, les abriría el mercado y, por tanto, incrementarían sus ganancias.