
El 23 de junio de 2016 se firmó el último punto del acuerdo de los Diálogos de Paz de la Habana entre el gobierno colombiano y las FARC. Para lograr una paz duradera, el Estado debe establecer las condiciones necesarias para favorecer que los excombatientes puedan reintegrarse en la sociedad y se conciencien sobre las oportunidades emergentes contrarias a la participación en la guerra.
29 de junio de 2016
El pasado lunes 27 de junio, la alumna del Máster Universitario en Derecho, Empresa y Justicia, Viviana Lucía Rodríguez Blanco, defendió ante el tribunal su TFM titulado La participación de la empresa en la implementación de las medidas de reintegración económica del excombatiente en un escenario de posconflicto en Colombia. A continuación os dejamos un pequeño resumen del mismo:
Después de sesenta años, Colombia está cerca de poner fin a un conflicto armado que ha fracturado los pilares de su sistema de desarrollo económico, su sostenibilidad política y su prosperidad social. En el año 2012, el gobierno nacional anunció el inició de los Diálogos de Paz con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el contenido de los seis puntos de la agenda de negociación, como son el desarrollo agrario integral, la participación política, el fin del conflicto, el narcotráfico, los derechos de las víctimas, y la implementación, verificación y refrendación de los acuerdos.
Al margen de la polarización que han causado los Diálogos de Paz de La Habana en distintos sectores del país, la sociedad colombiana debe preparase para el posconflicto, razón por la cual es imperativo que se configuren las condiciones necesarias para que los futuros excombatientes puedan reintegrarse a la sociedad y se concienticen de las oportunidades emergentes contrarias a la participación en la guerra. Por ello, se considera que para asegurar una estabilidad y seguridad durante el posconflicto, se requiere que se desarrollen medidas de reintegración económica del excombatiente a través del aseguramiento de su sustento económico derivado de actividades de carácter laboral.
El Documento CONPES 3554 de 2008 del Consejo Nacional de Política Económica y Social fue la primera política nacional concerniente a la reintegración social y económica para personas y grupos armados ilegales, diseñada para ser ejecutada durante el conflicto colombiano de cara a las desmovilizaciones parciales y sectorizadas que surgían de ciertos grupos armados al margen de la ley como los paramilitares. El gobierno nacional, a través de la Agencia Colombiana para la Reintegración, comenzó la implementación de las medidas de reintegración económica junto con la colaboración de las empresas, razón por la cual la experiencia positiva obtenida permitió que se le otorgara un rol preponderante a la empresa privada, en la medida en que es considerada como un medio a través del cual se logran las políticas de reintegración económica relacionadas con la creación de nuevos empleos y de la capacitación de los excombatientes en actividades lícitas para su subsistencia y la de sus familias.
Para asegurar una estabilidad y seguridad durante el posconflicto, se requiere que se desarrollen medidas de reintegración económica del excombatiente a través del aseguramiento de su sustento económico derivado de actividades de carácter laboral
Si bien algunas de las políticas públicas relacionadas con la reintegración económica se comenzaron a implementar con la participación del sector privado desde el año 2008, debe afirmarse que las empresas privadas deberán asumir un reto mayor como resultado de los Diálogos de Paz de La Habana, teniendo en cuenta que este proceso tendría como consecuencia la dejación de armas de aproximadamente 17.500 guerrilleros y junto a ello, la necesidad de crear las condiciones adecuadas para que mediante la reintegración económica de estas personas se logre una paz duradera.
De este modo, teniendo en cuenta el desafío que deberá asumir la empresa privada para responder a las necesidades que surgirán en torno al mejoramiento de la calidad de vida de los excombatientes a través de la obtención de un empleo, su participación deberá continuar a través de las tres dimensiones ya desempeñadas, es decir, como beneficiaria, como actor y como promotora de las medidas de reintegración económica del excombatiente. Sin embargo, se propone que estas tres maneras de hacer parte de estas políticas se lleven a cabo dependiendo de las fases del posconflicto, como son la fase de estabilización, recuperación y desarrollo, por cuanto se pudo identificar que no todas las formas de participación de la empresa privada son apropiadas para cada una de las fases.
Conjugar las tres dimensiones de la participación de la empresa privada con las tres fases del posconflicto permitirá que se adopten las medidas adecuadas para alcanzar los objetivos a corto, mediano y largo plazo de la reintegración económica del excombatiente, y que se conforme una fuerza empresarial para la paz. Sin embargo, esta propuesta deja en claro que aunque la empresa privada tenga un rol preponderante en la reintegración económica del excombatiente, su participación implica un trabajo articulado con instituciones estatales, pero no suplir al Estado en cuanto a las responsabilidades que le corresponden, toda vez que es éste el encargado de definir los lineamientos de la política de reintegración económica del excombatiente y de determinar las acciones y los recursos para cumplir con los objetivos de la misma.