
FORMAS DE PRESENTAR DOCUMENTOS DIRIGIDOS A LA UV
Para los trámites destinados a cualquier órgano de la Universitat de València y que deben realizarse a través de procedimientos obligatorios, el medio de presentación será en el portal específico de la sede electrónica de la UV En el apartado “Trámites” puede consultarlos.
En caso de no haber un procedimiento específico para el trámite que necesita realizar pueden dirigirse:
- Electrónicamente en el registro electrónico de la UV, disponible todos los días del año durante las 24 horas del día. Para ello puede utilizar su usuario de la UV, darse de alta como usuario externo o bien cualquiera de los medios aceptados para la identificación ante las administraciones (certificado electrónico, DNI electrónico, sistema cl@ve).
- Mediante correo postal a la dirección:
Universitat de València - Registre General
Edifici de Rectorat
Avda. Blasco Ibáñez, nº 13
46010 – València
- Presencialmente en el propio Registro General y en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) situadas en las Secretarías de todas las Facultades y en la ETSE. Dichas oficinas están habilitadas para realizar trámites presenciales de presentación de documentación. Listado de las oficinas del Campus de Blasco Ibáñez, Campus de Burjassot-Paterna y Campus de Tarongers-Ontinyent.
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (registros conectados SIR):
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- En los restantes registros electrónicos de las administraciones públicas y entidades del sector público institucional que estén integradas en el sistema de interconexión de registros y dirigido a la Universitat de València. El código SIR de identificación de la oficina es U01800001
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- En las oficinas de asistencia en materia de registros: por medio del Buscador de OAMR y en la sede electrónica de cada Administración podrá encontrar información sobre la oficina más próxima a su domicilio.
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- En las oficinas de Correos, en la forma en que reglamentariamente se establezca.
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- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
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- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.




