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Convocar para el curso 2023-2024 becas para la realización de estudios universitarios en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano.

Texto de la convocatoria

Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se convocan becas para la realización de estudios universitarios, exención de tasas, durante el curso académico 2023-2024 en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano.

Requisitos generales exigibles

Para la concesión de esta beca se habrán de cumplir los requisitos siguientes:

  1. Ser español, o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. Tendrán la consideración de «familiares» el cónyuge o la pareja de la unión de hecho formalizada así como los ascendientes directos a cargo y los descendientes directos a cargo menores de 21 años. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
  2. Acreditar la residencia administrativa en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana.
  3.  Cursar estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales a los que hace referencia el artículo 2, punto 1 o, si procede, punto 3, de esta orden, en universidades de la Comunitat Valenciana
  4. No estar en posesión ni reunir los requisitos legales  para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero.
  5. Reunir los requisitos económicos y académicos que se establecen en esta orden.

Estudios comprendidos

Podrá solicitarse la beca en cualquiera de las enseñanzas siguientes:

  • Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de EducaciónSuperior conducentes a títulos oficiales de grado y de máster universitario.
  • Complementos de formación para acceso u obtención del título de máster, de grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.

No se incluyen en esta convocatoria exenciones ni ayudas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni estudios conducentes a la obtención de títulos propios de las universidades.

Naturaleza y cuantía de las becas

Para los alumnos matriculados en universidades públicas, la beca consistirá en la exención del pago del importe de los créditos matriculados. Dicho importe será el establecido en el decreto del Consell por el que se fijen las tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios, para el curso académico que indique la convocatoria.

En todos los casos la beca solo alcanzará a los créditos matriculados por el estudiante en primera o segunda matrícula, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 de esta orden

No formarán parte de la beca de matrícula aquellos créditos que excedan del mínimo necesario para obtener la titulación de que se trate.

Se entenderán excluidas del importe de la beca las exenciones y bonificaciones del pago de las mencionadas tasas a que tuviera derecho el beneficiario

La exención de las tasas por servicios académicos universitarios alcanzará únicamente a las asignaturas o créditos de que se haya matriculado el solicitante, en primera o segunda matrícula, en una única titulación y especialidad.

Plazo de presentación

Hasta el 17 de diciembre de 2023. 

Ámbito

Comunidad Valenciana

Modelo de Solicitud

Los alumnos que soliciten beca tendrán que rellenar el siguiente formulario de solicitud.

Presentación de las solicitudes

La tramitación y presentación de la solicitud se realizará únicamente por medios electrónicos en la plataforma de tramitación de la GVA.

Una vez cumplimentada la solicitud telemática, será firmada por la persona interesada empleando cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, considerándose presentada a todos los efectos, obteniendo el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos

Consulta del expediente de beca

 

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