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Derechos

Los usuarios y las usuarias de los servicios que presta la Unidad de Gestión de Campus de Blasco Ibáñez tienen los derechos reconocidos en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y especialmente los derechos a:

  • Ser tratados con respeto y deferencia.
  • Recibir un tratamiento no discriminatorio y una atención adaptada a sus condiciones personales, de acuerdo con los recursos disponibles.
  • Conocer la identidad de los responsables y del personal que tramita los procedimientos que les afectan.
  • Conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de las solicitudes que hayan cursado.
  • Utilizar las lenguas oficiales en el territorio de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento jurídico.
  • Acceder a la información pública en los términos previstos en la legislación vigente.
  • Presentar las sugerencias, quejas y felicitaciones que estimen oportunas en relación con los servicios prestados por la Unidad de Gestión de Campus de Blasco Ibáñez en los cuales sean parte interesada, por las vías establecidas.
  • Cualquier otro derecho que se derive de la legislación vigente.

Deberes

  • Tratar al personal de la Unidad de Gestión de Campus de Blasco Ibáñez con respeto y deferencia.
  • Presentar la documentación requerida dentro del plazo previsto.
  • Citar a la Unidad de Gestión de Campus de Blasco Ibáñez de la UV como fuente en cualquier documento que utilize información elaborada por la UCABI.
  • Cuidar y utilizar debidamente los bienes, equipamiento, instalaciones o recintos de la Universidad o de aquellas entidades colaboradoras con la misma.
  • Respetar el nombre de los símbolos y emblemas de la Universidad o de sus órganos, así como su uso.
  • Respetar los actos académicos de la Universidad, así como a los participantes en ellos, sin desprecio de su libre ejercicio de expresión y manifestación.
  • Cualquier otro deber que se derive de la legislación vigente.