
José Luis González Cussac i Enrique Orts Berenguer, directors del Curs Superior Universitari en Ciències de la Seguretat volen posar en coneixement de l'alumnat el següent escrit.
Estimados alumnos/as:
El Curso Superior Universitario en Ciencias de la Seguridad comenzó a impartirse el curso' 2016-2017, atendiendo a la previsión de la Disposición Adicional Tercera de la Ley 611999, de 19 de abril, de la Generalitat Valenciana, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana, en la redacción dada por la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, de acuerdo con la cual el título universitario propio de Seguridad Pública y Ciencias Policiales, era considerado título bastante, a los efectos del acceso o promoción interna a aquellas escalas de los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana en las que se requiera como mínimo, una titulación de Grupo B. La actual Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, recogió en su Disposición Adicional quinta una previsión análoga.
Sin embargo, la Dirección de este curso tuvo conocimiento de que, a raíz del cuestionamiento de varios preceptos de la nueva ley por sindicatos policiales, esta previsión (que no planteó problemas con la ley precedente, y no se discutía cuando se comenzó a impartir el curso) había sido impugnada por el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales a principios de 2018, y nos pareció prudente suspender la impartición del segundo año del curso en tanto no estuviera garantizada la utilidad del mismo.
Lamentablemente, el acuerdo alcanzado por la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley 17/2007 (publicado en B.O.E. de 19 de diciembre de 2018) previó en su aparatado m) la supresión de la disposición adicional quinta de la Ley 17/2007; y esta supresión se ha realizado efectivamente por el artículo 40 de la Ley 2712018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat (DOGV de 28 de diciembre de 2018).
Derogada la norma que permitía que los títulos propios den acceso al grupo B, carece de sentido continuar la impartición del programa formativo trienal, toda vez que no permitiría a quienes obtuvieran el título hacerlo servir a los fines para los que se concibió.
En tales circunstancias, la Dirección del Curso entiende que no tiene objeto seguir adelante con el mismo, y por tanto se suspende definitivamente su impartición, sin perjuicio desde luego de certificar a los alumnos las horas y contenidos efectivamente cursados. Lamentamos la defraudación de legítimas expectativas que esto pueda producir, pero no está en nuestra mano modificar la normativa de acceso a la función policial; tal como ha quedado la norma, ningún titulo propio daría acceso al grupo B.
Fdo:
José Luis González Cussac y Enrique Orts Berenguer Directores del Curso
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