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Para el cálculo del volumen de trabajo del estudiantado y su posterior adaptación o traducción a créditos ECTS y tomando como referencia una asignatura, módulo o unidad se consideran: 

  • Número de horas invertidas por parte del estudiantado en el trabajo o actividad dirigida y presencial, por ejemplo, sesiones o clases presenciales a las que el/la estudiante debe de asistir, sesiones prácticas dirigidas, seminarios, etc...
  • Número de horas invertidas por el estudiantado en el trabajo autónomo (horas dedicadas a la preparación necesaria antes y después de cada clase o sesión presencial, recogida y selección de materiales de estudio, preparación de exámenes, realización de trabajos, lecturas, trabajo independiente de laboratorio...)