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El Reglamento de Estudios Oficiales de Postgrado en la Universitat de València (aprobado en Consejo de Gobierno el 25 de julio de 2017; ACGUV 199/2017) regula diversos aspectos relativos a la elaboración, tutorización, matrícula, defensa y evaluación de los Trabajos Fin de Máster. El punto 4 del artículo 12 de dicho Reglamento permite que las Comisiones de Coordinación Académica de cada máster establezcan directrices específicas y fijen criterios de evaluación para homogeneizar la elaboración y evaluación de los Trabajos de Fin de Máster.  El artículo 11 de estas directrices dicta lo siguiente sobre los Tribunales que juzgarán los Trabajos de Fin de Máster.

1. Siempre que sea posible, la comisión de coordinación académica nombrará tribunales evaluadores diferentes para cada uno de los itinerarios del máster (académico y profesional). 

2. Los tribunales evaluadores de los TFM tienen que estar compuestos de tres miembros.

3. Los miembros de los tribunales son designados por la comisión de coordinación académica del máster entre el profesorado con título de doctor de los departamentos con docencia en el máster. Sin embargo, en los tribunales que evalúen TFM del itinerario profesional, uno de los miembros puede ser un profesional de la empresa privada sin el título de doctor; para que esto sea posible, la CCA debe solicitar la conformidad de la Comisión de Estudios de Postgrado.

4. El tutor de un TFM no puede, en ningún caso, formar parte del tribunal responsable de la evaluación del trabajo de un o una estudiante tutorizado/a.