Se valorará prioritariamente la adecuación de los contenidos del periodo formativo respecto de los objetivos generales del doctorado.
En el caso de que la oferta sea inferior a la demanda, se realizará la siguiente ponderación:
- 60 %: título y expediente académico.
- 10 %: experiencia investigadora.
- 5 %: experiencia profesional.
- 10 %: otros méritos (becas, colaboraciones, otros títulos).
- 15 %: entrevista personal.
La Comisión Académica del programa de doctorado, una vez concluido el plazo que la Universidad establezca cada curso para solicitar la preadmisión en los programas de doctorado, se reunirá para elaborar la lista provisional de admitidos en el programa, y la lista de no admitidos, con exposición pública de las razones de dicha no admisión y, en su caso, indicación expresa de la documentación a subsanar o a añadir a la petición para que esta sea aceptada.
En un plazo máximo de siete días naturales a partir de la publicación de esta lista, los preinscritos que no hayan sido admitidos podrán adjuntar la documentación que les haya sido requerida, así como alegar lo que estimen oportuno, mediante instancia dirigida a la Presidenta de la Comisión Académica del programa de doctorado.
En un plazo máximo de dos días hábiles, la Comisión revisará la documentación suplementaria y las posibles alegaciones y hará pública la lista definitiva de admitidos al programa de doctorado. En dicho listado, la Comisión Académica asignará un tutor o tutora para cada estudiante de doctorado. Si después de dicha asignación quedasen plazas vacantes, y en conformidad con lo establecido por la Universidad, se podrá abrir un plazo extraordinario de preinscripción que se ceñirá al calendario que la Universidad establezca, siempre respetando el procedimiento descrito.