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Instrucción de la Gerència sobre las operaciones de cierre de la contabilidad del ejercicio 2025 (IUV 4/2025)

  • 19 septiembre de 2025
Persona haciendo gestiones económicas.
Persona haciendo gestiones económicas.

Esta Instrucción regula las operaciones de cierre del ejercicio 2025 relativas a la contabilidad del presupuesto de gastos, ingresos y operaciones no presupuestarias de la UV. Con esta finalidad se fijan, entre otros, los plazos de los procesos contables.

A diferencia de años precedentes, la Ley 6/2025, de 30 de mayo, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 ha introducido un nuevo apartado (4) en el artículo 15 (De la liquidación de los presupuestos de las universidades públicas dependientes de la Generalitat) que hace una referencia explícita e insoslayable al plazo de aprobación de las cuentas anuales: «De acuerdo con el artículo 57 de la mencionada Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, las universidades públicas dependientes de la Generalitat, sujetas a auditoría, tendrán que formular sus cuentas anuales en el plazo máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio económico, y los pondrán a disposición de la Intervención General dentro de los 10 días siguientes a su formulación».

Esta circunstancia supone una mengua ostensible del tiempo disponible para la elaboración, formulación y aprobación (consejos de Gobierno y Social) de las cuentas de 2025. Por esta razón los plazos establecidos en esta Instrucción deben de ser cumplidos con especial rigurosidad para garantizar la finalización de las gestiones y los procesos contables que aseguren la disponibilidad de la información económico-financiera relevante para las cuentas de la anualidad. De este modo, no es posible aplicar el margen de flexibilidad de ejercicios anteriores para atender circunstancias particulares en cuestión de retrasos y excepciones.

La Gerencia, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el artículo 107 de los Estatuts de la Universitat de València (UV); y la Resolución de 20 de mayo de 2022, del Rectorado, por la que se delegan determinadas competencias en los vicerrectorados, la Secretaría General, la Gerencia y otros órganos de esta universidad, modificada por las resoluciones de 8 de junio de 2022 y 5 de diciembre de 2023, dicta la siguiente Instrucción sobre las operaciones de cierre de la contabilidad del ejercicio 2025 (4/2025).