Logo de la Universdad de Valencia Logo Instituto Cavanilles de Biodiversidad y Biología Evolutiva Logo del portal

Objeto de la ayuda

El objeto de la ayuda es la financiación parcial de la asistencia de estudiantes de doctorado a enseñanzas regladas en forma de cursos, cursillos, y seminarios. La actividad formativa deberá ir dirigida a un colectivo, acompañada de convocatoria, poseerá un programa, y su profesorado poseerá una competencia acreditada. No se concederán ayudas para actividades formativas que puedan cursarse con menor coste del presupuestado.

Beneficiarios

Son susceptibles de disfrutar estas ayudas los estudiantes matriculados en un programa de doctorado de la Universitat de València dirigidos por un investigador perteneciente a la plantilla del ICBiBE, siempre que el doctorando no haya obtenido previamente la ayuda en ese mismo año.

Conceptos susceptibles de ayuda

Los conceptos por los que puede otorgarse una ayuda parcial son los costes de inscripción o matrícula, y el coste del viaje y la estancia, a los cuales se aplicarán los criterios habituales para las comisiones de servicio.

Presupuesto, convocatoria periódica de ayuda y periodo de ejecución

Con carácter anual se aprobará un presupuesto para financiar estas ayudas. Este presupuesto se dividirá en dos partes iguales para distribuirse en convocatorias semestrales.

Las ayudas podrán solicitarse durante los meses de diciembre y junio. La actividad a subvencionar deberá haberse realizado en el semestre anterior a la convocatoria o bien realizarse en los doce meses siguientes a la misma. Es decir:

  • Convocatoria de diciembre: solicitudes para actividades realizadas entre julio del año anterior y diciembre del año en curso, o bien solicitudes para actividades a realizar en los doce meses siguientes a la convocatoria.
  • Convocatoria de junio: solicitudes para actividades realizadas entre enero y junio del año en curso o bien solicitudes para actividades a realizar en los doce meses siguientes a la convocatoria.

Excepcionalmente, para aquellos cursos o seminarios que por algún motivo no puedan cumplir los requisitos temporales establecidos en esta normativa, se contemplará la posibilidad de financiación siempre y cuando queden fondos remanentes de la convocatoria anterior.

Cuantía de las ayudas

Cada ayuda del ICBiBE no podrá superar los dos tercios del presupuesto total de la actividad para la que se solicita, con un máximo de 700 euros revisable anualmente. Esta cantidad es máxima y se ajustará de acuerdo con el presupuesto semestral asignado a estas ayudas y con el número de las solicitudes aprobadas.

Condiciones

Estas ayudas son compatibles con cualquier otra obtenida de entidades externas al ICBiBE para la misma actividad, siempre que las ayudas externas no superen los dos tercios del presupuesto de la actividad. En caso de que no lo superen, la cantidad máxima aportada por el ICBiBE será la que complemente los dos tercios del presupuesto. Las ayudas concedidas se abonarán tras la presentación de una justificación de gastos, sin menoscabo de la posibilidad de solicitar adelantos según los criterios habituales.

Solicitudes

Secretaria o Administración del ICBiBE (iu.cavanilles@uv.es)

Resolución

La Junta Permanente resolverá las solicitudes en los meses de enero y julio del año en curso y establecerá las condiciones económicas del programa de ayudas.

(Aprobado en la última modificación en Junta Permanente del 25 de junio de 2020)