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¿Qué requisitos de edad ha de cumplir una persona para poder adoptar?
Tiene que cumplir dos requisitos. Tener, al menos, veinticinco años y una diferencia de edad mínima de catorce años con el adoptado. Cuando adopta una pareja, basta con que uno cumpla los requisitos. El Código civil no establece una edad máxima para adoptar.
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¿Puede adoptar una persona jurídica?
No. Sólo los seres humanos pueden adoptar.
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Tras la adopción, ¿existe algún tipo de efecto que relacione al adoptado con su familia de origen?
En principio, se rompen todos los lazos con la familia de origen. Pero se tiene en cuenta ésta a determinados efectos, en concreto, en relación con el impedimento de parentesco para contraer matrimonio. Por otra parte, en algunos casos excepcionales no se quiebran los vínculos con la familia de origen: así, cuando el adoptado sea hijo del cónyuge del adoptante y cuando sólo uno de los progenitores haya sido legalmente determinado, siempre que tal efecto haya sido solicitado por el adoptante, el hijo mayor de doce años y el progenitor cuyo vínculo haya de subsistir.