A
Alimentos (Obligación legal de)
Deber surgido entre determinados parientes (o cónyuges y, en algunos Derechos autonómicos, también entre convivientes de hecho), basado en lazos de solidaridad familiar, que tiene su fundamento en el derecho a la vida configurado como un derecho de la personalidad, a cuya conservación tiende. En virtud de él, determinados sujetos están obligados a mantener a otros. Su nacimiento exige que concurra una situación socio-económica suficiente para prestar alimentos en el obligado a ello y deficiente en el que tiene derecho a percibirlos.