Información sobre la autorización de estudios. Documentos y procedimiento de solicitud
Tipos de situaciones:
Información sobre la autorización de estudios. Documentos y procedimiento de solicitud
Tipos de situaciones:
Una vez en España,
- Si tu estancia va a ser superior a 180 días, tu visado será de 90 días, y dentro del primer mes en España deberás SOLICITAR CITA en la Comisaría de Policía con la que tramitarás tu TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjeros).
- Por el contrario, si tu estancia o visado es de 180 días, no deberás realizar ningún trámite adicional al respecto.
Si eres estudiante Erasmus o de un Programa Internacional con estancia semestral y un visado inicial de 180 días, pero deseas solicitar una prórroga para completar el año académico, además de la documentación anterior deberás aportar también:
Los ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea y de los países que forman parte del Acuerdo del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) que permanezcan más de tres meses en España como estudiantes Erasmus deben solicitar personalmente su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Esta solicitud deberá presentarse en la Comisaría de Bailén (C/ Bailén, 9 - Valencia), dentro de los tres meses posteriores a su entrada a España. Una vez completado, se expedirá de forma inmediata un certificado de registro con el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero y fecha de registro.
Más información en el siguiente enlace.
Acceso al modelo 790, Tasa código 012. Rellena los datos personales y selecciona la casilla: "Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión", dentro del apartado "Tarjetas de identidad de extranjeros (TIE) y certificados de registro de residentes comunitarios".
Si tienes un Permiso de residencia para estudios o visado para estudios en un país de la UE, no tendrás que solicitar visado.
Antes de tu llegada a España, debes enviarnos a nuestra dirección de correo electrónico: visados@uv.es, los siguientes documentos:
En caso de que no los hayas enviado con anticipación, deberás remitirnos los documentos como máximo en el plazo de un mes desde tu llegada a Valencia.
Enviaremos los documentos a la Oficina de Extranjería y te informaremos una vez estén registrados.
Debes tener en cuenta que si tu Permiso de Residencia no es para estudios, debes comunicarte con la Embajada de España para confirmar si tienes que solicitar visado.
Encontrarás más información en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Busca la web de la embajada española en tu país.
Una vez en España,
Inicial:
Información sobre renovación de estancias por estudios. Documentación:
Si no eres un estudiante de intercambio con un programa gestionado por el Servei de Relacions Internacionals i Cooperació o si no eres un/a estudiante beneficiario/a de una beca de cooperación Luis Vives, deberás hacer el trámite directamente por tu cuenta y presentar dichos documentos por uno de los siguientes medios: formas de presentar la solicitud.
Si has venido a España con un visado inicial de 180 días, pero deseas solicitar una prórroga para completar el año académico, además de la documentación anterior deberás aportar también:
Para realizar la tramitación a su llegada, los estudiantes deberán asegurarse que son nacionales de un país exento de la obligación de tener un visado para entrar en España
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA SOLICITAR UNA AUTORIZACIÓN INICIAL DE ESTUDIOS DESDE ESPAÑA
1. En caso de presentación desde España: debe rellenar la solicitud modelo EX-00 debidamente cumplimentada y firmada por el interesado.
2. Pasaporte completo (todas las hojas) y en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, con vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia.
3. Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia. La suficiencia económica se puede probar con:
Si los documentos que prueban la suficiencia económica se expiden fuera de España deben estar certificados con una firma de una entidad bancaria, legitimados ante notario, apostillados y si no están en español, traducidos por una traductor jurado.
4. Documentación acreditativa de disponer de la tarjeta Global Health Insurance Card si son de Reino Unido o bien de un seguro médico que debe ser sin límites ni carencias ni copagos. Si el seguro se contrata fuera de España y está en una lengua extranjera, debe estar traducido al español. Debe cubrir toda la estancia en España y adjuntar el último recibo del pago.
5. Documentación acreditativa de estar admitido en un centro de enseñanza. (Carta de aceptación o certificado de matrícula)
6. Si la duración de la estancia supera los seis meses:
Toda esta documentación deberá enviarse escaneada y en un solo documento PDF a nuestra dirección de correo electrónico visados@uv.es como máximo durante los 50 días posteriores a la fecha de entrada en España.
IMPORTANTE: Los documentos presentados en lengua extrangera, deben presentarse junto con la traducción en español de un traductor jurado, i si son documentos públicos expedidos en el extranjero, en primer lugar deben de ser apostillados i posteriormente, todas las hojas (incluida la de la apostilla) han de estar traducidas por un traductor jurado inscrito en el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Información para legalizar, apostillar y traducir documentos de la solicitud
Proceso de legalitzación y apostilla
Si no eres un estudiante de intercambio con un programa gestionado por el Servei de Relacions internacionals o beneficiario/a de una beca de cooperación Luis Vives deberás hacer el trámite por tu cuenta y presentar dichos documentos por uno de los siguientes medios:formas de presentar la solicitud