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Asignación de tutor/a y director/a de tesis
La Comisión Académica de Doctorado (CAD) asignará al doctorando/a en el momento de la admisión un tutor/a. Y en el plazo máximo de seis meses desde la matriculación del estudiante, un director/a de tesis.
Las figuras del tutor/a y director/a coincidirán siempre que sea posible. Solo si el director/a no pertenece a la Universitat de València, será necesario asignarle al doctorando/a un tutor/a de la Universitat, que podrá, previo consentimiento del director/a, actuar además como codirector/a de la tesis.
Podrá ser director/a de tesis doctoral cualquier/a doctor/a con experiencia investigadora debidamente acreditada, con independencia de la Universidad, centro o institución en la que preste sus servicios. La CAD, oídos el doctorando/a y el director/a y/o tutor/a, podrá modificar el nombramiento de su tutor/a o director/a en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.
La tesis podrá ser codirigida, previa autorización de la CAD, por otros doctores españoles o extranjeros con acreditada experiencia investigadora, siempre y cuando concurran razones de índole académica o científica, y hasta un máximo de tres en total.
La asignación del director/a de tesis llevará asociada la firma de un Documento de compromiso firmado por la Universitat de la València, el coordinador/a del programa, el doctorando/a y el director/a, y tutor/a en su caso, que incluirá las obligaciones y derechos de las partes, el procedimiento de resolución de conflictos y los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito del programa de doctorado.
Documento de actividades del doctorando/a
Tras la admisión en el programa de doctorado en Derecho, Ciencia Política y Criminología, la Comisión Académica de Doctorado (CAD) abrirá un DOCUMENTO DE ACTIVIDADES de doctorado personalizado para cada doctorando/a, en el que constarán todas actividades realizadas en el contexto del programa de doctorado.
El tutor/a y/o director/a, de acuerdo con las instrucciones que al respecto pueda establecer la CAD, indicarán el número de actividades a realizar y orientarán al doctorando/a en la elección de las mismas. De igual modo, serán los responsables de autorizar y verificar dichas actividades y de mantener el registro actualizado al cual acompañarán los debidos informes sobre el grado de aprovechamiento, trabajo del doctorando/a y procedimiento de control.
Las características, formato, soporte y custodia de este documento se ajustarán a las indicaciones que al respecto establezcan la Escuela de Doctorado de la Universitat de València y la CAD.
Anualmente el doctorando/a hará entrega a la CAD para su evaluación, informe y aprobación si procede, del Documento de actividades realizadas, las cuales deberán incorporar el visto bueno del tutor/a y/o director/a de la tesis.
Plan de Investigación
El doctorando/a, antes de la finalización del primer año, elaborará un PLAN DE INVESTIGACIÓN que incluirá, entre otros, los siguientes contenidos:
- Título del proyecto de Tesis Doctoral
- Director/a de la Tesis
- Justificación de la investigación
- Objetivos
- Metodología
- Medios y recursos materiales disponibles
- Planificación temporal (ajustada a la dedicación del doctorando/a)
- Bibliografía
- Formulario Plan de Investigación (documento PDF) – ver documento adjunto
El Plan de Investigación, avalado por el tutor/a y/o director/a o directores/as, será evaluado anualmente por la CAD, que tendrá en cuenta el interés del tema objeto de estudio, la viabilidad del proyecto de investigación, la planificación y el grado de cumplimiento anual.
Evaluación anual del Plan de Investigación y del Documento de actividades
Anualmente, la Comisión Académica de Doctorado evaluará el Plan de Investigación y el Documento de actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor/a y/o el director/a. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa de doctorado en Derecho, Ciencia Política y Criminología. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando/a deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando/a causará baja definitiva en el programa.