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Registro de funcionariado habilitado para la identificación y autenticación de ciudadanos y la expedición de copias auténticas

Los Artículos 12 y 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establecen que todas las entidades del sector público (entre ellas las universidades públicas, integrantes del denominado sector público institucional) deberán garantizar que la ciudadanía pueda, por una parte, relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos y, por otra, obtener copias auténticas de los documentos públicos administrativos o privados. Para ello, debe mantenerse un registro actualizado donde consten los funcionarios habilitados para ambas tareas.

Funcionariado habilitado para la identificación y autenticación de ciudadanos

En el siguiente enlace puede consultar la relación de funcionarios designados por la Universitat de València para identificar y autenticar a personas físicas, no obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Universitat de València y que no dispongan de mecanismos de identificación y autenticación (certificado digital) para actuar electrónicamente ante su Sede Electrónica:

En este enlace puede descargar el consentimiento expreso del ciudadano para su identificación y autenticación por funcionario público habilitado para cada actuación administrativa electrónica que lo requiera. Este documento deberá ser cumplimentado y firmado por el ciudadano y por el funcionario habilitado, quedándose una copia en poder de la Universitat de Valencia y otra en poder del ciudadano.

Según el Artículo 3 del Reglamento del Registro Electrónico General de la Universitat de València (ACGUV 92/2020), estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con la Universitat de València para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con la Universitat en ejercicio de dicha actividad profesional, quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, los miembros de la comunidad universitaria, las personas que reúnan la condición de interesados en procedimientos que puedan dar lugar a su incorporación como miembros de la comunidad universitaria o que sean causa de su anterior condición de miembros de la comunidad universitaria y cualquier otra persona física o jurídica que la Universitat pueda establecer, en su caso, para determinados procedimientos.

Funcionarios habilitados para la expedición de copias autenticas

Puede consultar la relación de los funcionarios habilitados por la Universitat de València para la expedición de copias auténticas electrónicas en el siguiente enlace:

Para poder solicitar la expedición de la copia auténtica de cualquier documento expedido por la Universitat de València, el solicitante ha de:

Una vez confirmada la cita, el solicitante acudirá el día y hora estipulada a la Oficina de Registro General (OAMR) de la Universitat de Valencia (situada en el edificio de Rectorado en Avenida Blasco Ibañez, 13, Valencia), con su DNI/NIE y el documento original expedido por la Universitat de València del que desee obtener copia auténtica, no siendo necesario que aporte copia del mismo.

El personal de la Oficina de Registro General (OAMR) de la Universitat de Valencia procederá a efectuar la copia o digitalización de los documentos aportados, devolviéndole el original al interesado, tramitando internamente la verificación de la autenticidad del documento aportado por el interesado con el órgano, servicio o unidad de la Universitat de València que lo expidió originalmente o, en su defecto, quien tenga actualmente atribuidas esas competencias. El interesado recibirá la copia auténtica del documento solicitado, en formato electrónico, en la misma dirección de correo electrónico con la que solicitó la cita previa, en un plazo máximo de 15 días desde el momento de la presentación del mismo en la Oficina de Registro General (OAMR) de la Universitat de Valencia.

La expedición de copias auténticas en la Universitat de València tiene un coste igual al de la compulsa de documentos. Este importe se abonará a través de un recibo generado en la misma Oficina de Registro General que para este curso académico tiene un coste de 10,69€ según el Decreto 168/2021, de 8 de octubre, del Consell, de regulación de tasas por servicios académicos universitarios para el curso 2021/2022.