Logo de la Universdad de Valencia Logo UVdocencia Jurídica Logo del portal

 

Obra: Stilleben, Kaffee und Kartoffeln (Albert Anker)
Stilleben, Kaffee und Kartoffeln (Albert Anker)

 

El Código Civil regula algunos casos en los que una o varios sujetos, dado ciertos presupuestos, están obligadas a alimentar a otros. En ocasiones este deber nace directamente de la ley (se habla entonces de "obligación legal de alimentos"), sin necesidad de que medie pacto. Ocurre esto en ciertas situaciones típicas: patria potestad (obligación de los padres respecto de los hijos sujetos a ella - arts. 154.1, 171 CC -); matrimonio (obligación de los padres respecto de los cónyuges no separados - art. 68 CC-), tutela (art. 269 CC); y acogimiento familiar (art- 173.1 CC). Además de ellas, el Código Civil regula con carácter genérico la llamada "obligación legal de alimentos" en los arts. 142 y ss. Es en este último supuesto en el que centraremos nuestra atención.

Autoría
  • MAS BADIA, MARIA DOLORES
  • PDI-Catedratic/a d'Universitat
Ver ficha