El Real Decreto 99/2011 de 28 de enero, por el cual se regulan los estudios oficiales de doctorado , establece que se otorgará la mención de “Doctorado Industrial” siempre que concurran las siguientes circunstancias:
- La existencia de un contracto laboral o mercantil con el doctorando o doctoranda. El contrato se podrá celebrar por una empresa del sector privado o del sector público, así como por una Administración Pública.
- El doctorando deberá participar en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrolle en la empresa o Administración Pública en la que se preste el servicio, que no podrá ser una Universidad. El proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que participe el doctorando tiene que tener relación directa con la tesis que realiza. Esta relación directa se acreditará mediante una memoria que tendrá que ser visada por la Universidad
En el caso de que el proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental se ejecute en colaboración entre la Universidad y la empresa o Administración Pública en la que preste servicio el doctorando, se suscribirá un convenio de colaboración marco con entre las partes. En este convenio se indicarán las obligaciones de la Universidad y las obligaciones de la empresa o Administración Pública, así como el procedimiento de selección de los doctorandos.