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Después de realizada la revisión, o después de haberla intentado sin efectos, el estudiante podrá impugnar la calificación o su revisión ante el/la decano/a, director/a del Centro, motivadamente por escrito y en el plazo de siete días hábiles desde la publicación de las calificaciones definitivas y ya depositada el Acta en la Secretaría del Centro.

Para tomar una decisión sobre las solicitudes de impugnación de calificaciones, la Junta de Centro nombrará a los miembros de una Comisión de Revisión de Calificaciones, que estará compuesta, como mínimo, por tres profesores y un estudiante. El presidente de la comisión será el/la decano/a o director/a del Centro, o la persona en quien delegue.

La Comisión dará un plazo de dos días hábiles para que el estudiante pueda ver el expediente completo y para que pueda presentar las alegaciones que considere oportunas en un plazo de cinco días hábiles.

La Comisión dictará resolución en el plazo de quince días hábiles desde la presentación de la reclamación por parte del estudiante. Esta resolución estará motivada, sin que en ningún caso pueda agravarse la situación inicial del/de la estudiante, y tendrá todos los efectos retroactivos que sean favorables al/a la estudiante. Contra esta resolución se podrá presentar un recurso de alzada ante el rector.

Normativa aplicable

  • Reglamento de evaluación y calificación de la Universitat de València para títulos de grado y máster. ACGUV 108/2017.