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PRESENTACIÓN: PRÁCTICAS PROFESIONALES 

CALENDARIO DE PRÁCTICAS 2025-2026

  • Las prácticas externas son una activitad de naturaleza formativa realizada por los estudiantes y supervisada por: un tutor de la empresa o institución donde se desarrolla, y por un tutor académico del máster. Su principal objetivo es permitir a los estudiantes aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo, al mismo tiempo, la adquisición de competencias.
  • El máster cuenta para la realización de las prácticas profesionales con la colaboración de despachos, entidades y empresas de reconocido prestigio,  que participan en la actividad docente y ofrecen plazas de prácticas a través del ADEIT Fundación Universidad-Empresa.

 

  • NO SE CONTEMPLA EL RECONOCIMIENTO DE LAS PRÁCTICAS: 

 

  • Según el artículo 10.5 -Procedimientos de reconocimiento y transferencias de créditos académicos en los títulos universitarios oficiales- del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad: “El volumen de créditos reconocibles a partir de la experiencia profesional o laboral o aquellos procedentes de estudios universitarios no oficiales (propios o de formación permanente) no podrá superar, globalmente, el 15 por ciento del total de créditos que configuran el plan de estudios del título que se pretende obtener. Estos créditos reconocidos no contarán con calificación numérica y, por lo tanto, no podrán utilizarse en el momento de baremar el expediente del o la estudiante”. En consecuencia, considerando que el módulo de prácticas en el máster tiene 20 créditos y excede del 15% permitido por la regulación, no cabe el reconocimiento de los créditos de la asignatura de prácticas externas (43189) en consideración a la experiencia profesional o laboral previa relacionada con la especialidad cursada en el Máster.

 

  • Respecto a los estudiantes que estén desarrollando una actividad profesional, el artículo 8.2, letra c, Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, impide, con carácter general, la realización de prácticas a aquellos estudiantes que mantengan una “relación contractual con la empresa, institución o entidad pública o privada o la propia universidad en la que se van a realizar las prácticas, salvo autorización con arreglo a la normativa interna de cada Universidad”. A tal efecto, el artículo 10.1, letra d, del Reglamento de Prácticas externas de la Universitat de València (ACGUV 213/2024) también excluye tal posibilidad, a los estudiantes que tengan “ninguna relación contractual con la empresa o entidad en la que se van a realizar las prácticas, salvo autorización expresa por la Comisión de Prácticas de Centro”.

 

  • A tal efecto, el alumno que pretenda realizar las prácticas en el mismo centro de trabajo donde este desarrollando su actividad profesional o laboral, que habrán de ser en otro departamento distinto y cuya actividad se ha de corresponder con la especialidad cursada, deberá presentar a la Comisión de Prácticas una solicitud de exención de la prohibición de hacer las prácticas donde trabaja, argumentando los motivos que justifiquen tal exención, a través del registro electrónico de la Facultad de Derecho, por tiqueting, al que se puede acceder a través del siguiente enlace: 

 

  • A tal efecto, cuando tenga la resolución favorable de la Comisión de prácticas de la facultad de Derecho, deberá remitirla a la dirección del Máster y hacer la constar en su instancia de autopracticum en septiembre.

Coordinadora de prácticas: Elisabet González

mail Elisabet.Gonzalez@uv.es

 

ADEIT Fundación Universidad-Empresa.:

Plaza Virgen de la Paz., 3,

Ciutat Vella, 46001 València,

Telf. 962 057 966

Se pueden hacer hasta 900 horas por curso académico de prácticas extracurriculares, siendo necesaria la autorización de la Dirección del Máster.