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¿Qué es la Comisión?

La Universidad de Valencia, como organismo público de investigación y consciente de su deber y responsabilidad ante la sociedad entiende que ha de constituir una Comisión de Ética que proporcione de forma ágil y efectiva respuestas a las necesidades actuales, así como a los nuevos problemas que puedan surgir en esta materia.

Sobre las bases de lo expuesto, y teniendo en cuenta la legislación vigente española y europea, así como las Declaraciones Éticas de Helsinki y Tokio, la Declaración Bioética de Gijón del 24 de junio del 2000 y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud; a propuesta de la Comisión de Investigación, el Consejo de Gobierno aprueba la constitución de la Comisión Ética de la Universidad de Valencia y el presente reglamento.

La Comisión podrá constituir comités, así como designar ponencias o grupos de trabajo y colaboradores para coadyuvar en la realización de tareas concretas relacionadas con sus competencias. También podrá solicitar el asesoramiento de expertos o entidades externas sobre aspectos concretos relacionados con sus competencias. Todos tendrán que respetar el principio de confidencialidad.

Aprobado por el Consejo de Gobierno del 3 de octubre de 2006, ACGUV 194/2006. Modificado por el CG el 3 de febrero de 2015, ACGUV 6/2015. Modificado por el CG el 28 de febrero de 2017, ACGUV 23/2017. Modificado por el CG el 17 de diciembre de 2019, ACGUV 262/2019.

Estructura

La Comisión Ética en Investigación Experimental está integrada por:

  • El vicerrector o vicerrectora con competencias en materia de investigación, o la persona en la que delegue, que actuará como presidente,
  • El director o directora del Servicio Central de Apoyo a la Investigación Experimental,
  • El director o directora del Servicio de Prevención y Medio Ambiente,
  • Nueve vocales y cinco suplentes nombrados por el rector o la rectora a propuesta de la Comisión de Investigación, entre los miembros de la comunidad universitaria y con reconocida experiencia en la investigación en Ciencias de la Vida y la Salud, en Ciencias Jurídicas y Sociales y de Filosofía.
  • Dos vocales miembros del personal de administración y servicios con funciones relacionadas con las competencias de la Comisión, nombrado por el rector o la rectora a propuesta de la Comisión de Investigación.
  • Un vocal miembro del PAS de Administración General que actuará como secretario o secretaria de la Comisión, y nombrado por el rector o la rectora a propuesta del vicerrector o vicerrectora con competencias en materia de investigación.
  • El/la delegado/a de Protección de Datos de la Universitat de València o persona en quien delegue.