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De acuerdo con la mencionada legislación, será la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o, en su caso, los órganos de evaluación que la Ley de las Comunidades Autónomas determinen, los encargados de realizar una valoración para la renovación de la acreditación, de acuerdo con los protocolos de evaluación que se establecerán conjuntamente entre las Agencias de Evaluación que cumplan con los criterios y estándares de calidad establecidos por la Comisión Europea.
El proceso de evaluación para la renovación de la acreditación tiene como principal objetivo comprobar si los resultados del título son adecuados y permiten garantizar la adecuada continuidad de la impartición del mismo hasta la siguiente renovación de la acreditación. Estos resultados se centrarán, entre otros, en la comprobación de la adquisición de competencias por parte de los estudiantes y en los mecanismos de valoración de la adquisición de las mismas que la universidad ha desarrollado para cada título, así como en el análisis de la evolución de los resultados del mismo.