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Información actualizada el 11/04/2024

La Universitat de València viene apostando por la realización de prácticas académicas externas para todo su alumnado y ofrecer a la Sociedad profesionales mejor preparados.
La obligación de la inclusión en la Seguridad Social es responsabilidad de la empresa o entidad que los acoge. Para el caso de las prácticas no remuneradas, el marco legal actual posibilita que sea la Universidad quien asuma dicha obligación. En ese sentido y para el curso 2023/2024, la Universitat de València se hará cargo de dicha inclusión excepto que la empresa o entidad que acoja al estudiantado en prácticas no remuneradas indique expresamente que asume dicha inclusión.

NORMATIVA
ENTRADA EN VIGOR

01/01/2024

QUÉ EFECTOS PRODUCE LA NUEVA NORMATIVA

Alta en el Régimen General de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena.

COLECTIVOS INCLUIDOS

Estudiantado matriculado en la UV que realice prácticas dirigidas a la obtención de titulaciones oficiales de grado y máster, doctorado, así como las dirigidas a la obtención de un título propio de la universidad, ya sea un máster de formación permanente, un diploma de especialización o un diploma de experto. (PRÁCTICAS NO REMUNERADAS)

COLECTIVOS EXCLUIDOS
  • No estarán comprendidas las personas que durante la realización de las prácticas:
    • Figuren ya en ALTA en cualquiera de los regímenes del sistema de Seguridad Social por desempeñar otra actividad laboral.
    • Figuren ya en situación ASIMILADA A LA DE ALTA con obligación de cotizar. (Perceptores de la prestación por Desempleo)
    • Les conste ya el periodo como COTIZADO a efectos de prestaciones (Situaciones de excedencia con cómputo de períodos de cotización como son las excedencias por cuidados de hijos o de familiares en los plazos legales establecidos).
    • Tengan la condición de PENSIONISTAS DE JUBILACIÓN o de INCAPACIDAD PERMANENTE.
  • Próximamente, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) informará a la universidad del procedimiento a seguir para la no inclusión de las personas que se encuentren en alguna de estas circunstancias. Mientras tanto, todo el estudiantado con prácticas formativas no remuneradas será dado de alta en el Régimen General.
  • Las altas en el Régimen General como Estudiantes en prácticas formativas no remuneradas, NO INTERFIEREN con las situaciones descritas, ni pueden generar ningún perjuicio al estudiantado, por lo que deberá comunicar a la universidad cualquier incidencia relacionada con este apartado, enviando un e-mail a la dirección:
ACCIÓN PROTECTORA

La acción protectora es la correspondiente al régimen General de Seguridad Social, con la exclusión de la protección por desempleo, de la cobertura del Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional. Se excluye también la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

RESUMEN DE LES PRESTACIONES INCLUIDAS
  • Prestación por Incapacidad Temporal derivada de ACCIDENTE DE TRABAJO.
    • Para la atención sanitaria, en caso de sufrir un accidente de trabajo en el centro en el que se realizan las prácticas, o al ir o volver del centro al domicilio particular, deberá:
    • En el caso de que la mutua UMIVALE ACTIVA expida una baja médica por Incapacidad temporal derivada de Accidente de Trabajo, desde el Servicio de Prevención y Medio Ambiente de la universidad, se contactará con el estudiantado para realizar el estudio de las circunstancias del accidente.
      • Desde la Sección de Seguridad Social, se pondrán en contacto con el interesado para solicitarle los datos necesarios para generar el pago de la prestación económica correspondiente.
  • Prestación por NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR
    • El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) enviará directamente a la Sección de Seguridad Social de la universidad la información sobre la situación del nacimiento.
      • La Sección de Seguridad Social contactará directamente con la persona afectada para indicarle los trámites que deberá cumplimentar.
    • Para el pago de la prestación económica, que se realizará DIRECTAMENTE POR EL INSS, se contactará con el estudiantado para informarle de los trámites a realizar.
  • Prestación por RIESGO DURANTE EL EMBARAZO y RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL:
    • Si considera que la realización de las prácticas puede afectar a su salud durante el embarazo o el período de lactancia natural, deberá contactar con la Sección de Seguridad Social, para que le indiquemos los trámites que deberá cumplimentar.
    • Para el pago de la prestación económica, que se realizará DIRECTAMENTE POR LA MUTUA UMIVALE ACTIVA, se contactará con la estudiante para solicitarle los datos necesarios para generar dicho pago.
RESUMEN DE LAS PRESTACIONES EXCLUIDAS
  • Incapacidad Temporal derivada de Enfermedad Común o Accidente No Laboral.
    • Se mantiene el título por el que ya se tuviera derecho a la prestación por asistencia sanitaria para enfermedad común.
  • Desempleo, FOGASA, Formación Profesional.
NÚMEROS DE AFILIACIÓN
  • Para poder hacer efectiva el alta en el Régimen General es necesario que cada estudiante tenga asignado un NÚMERO DE AFILIACIÓN (NAF) cuya expedición es competencia de la TGSS. El NAF no tiene caducidad. Se obtiene una sola vez.
  • La TGSS ha habilitado un procedimiento excepcional por el que facilita, directamente a la universidad, los NAF de todo el Estudiantado.
  • Una vez finalice ese procedimiento excepcional, el Estudiantado que no disponga de NAF, deberán OBTENERLO directamente y, posteriormente, facilitarlo a la universidad con carácter PREVIO al inicio de las prácticas (Se actualizará este contenido para indicar los trámites a seguir. A continuación, puede consultar el procedimiento actual para obtener dicho número)
  • En casos excepcionales, la Sección de Seguridad Social podrá contactar con el estudiantado para los que no haya podido obtener el NAF, y se les informará de la documentación que deberán aportar.
REGISTRO DE LAS ALTAS Y BAJAS EN LA BASE DE DATOS DE AFILIACIÓN DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS)
  • Para la grabación de las Altas y Bajas comprendidas entre el 01/01/2024 y el 20/03/2024, la TGSS ha establecido un plazo excepcional hasta el 31/03/2024. Por ese motivo, los períodos definitivos de estas altas quedarán registrados con carácter definitivo durante el mes de abril de 2024.
    • Si el Alta o Baja se ha grabado durante este plazo excepcional, la TGSS, durante el mes de abril del 2024, rectificará las fechas de efectos de esos movimientos para que coincidan con las fechas reales de dichas Altas y Bajas.
  • Para las Altas y Bajas que se produzcan desde el 21/03/2024, el plazo para su registro será de 10 DÍAS NATURALES.
ACREDITACIÓN DE LA SITUACIÓN DE ALTA E INFORMES DE VIDA LABORAL
  • El estudiantado que ya haya sido dado de alta en el Régimen General podrá obtener directamente desde la página web de la Seguridad Social la acreditación de la afiliación mediante un Informe de Vida Laboral. No se va a emitir, por parte de la Universitat, notificación a las empresas o entidades de prácticas sobre el alta del estudiantado. Cada persona deberá obtenerlo directamente y facilitarlo en caso de petición de la empresa.
  • Los informes de Vida Laboral mostrarán las fechas de inicio y fin de las prácticas.
  • El grupo de cotización del Informe de Vida Laboral aparecerá con el valor 07 (propio de la categoría de Auxiliares Administrativos) y se indica a los solos efectos del cálculo de las bases de cotización, de acuerdo con lo previsto en el apartado 7 de la Disposición Adicional 52ª de la Ley General de Seguridad Social.
DÍAS COTIZADOS DURANTE EL PERIODO DE ALTA EN AFILIACIÓN
  • La universidad comunicará a la TGSS los DÍAS DE PRÁCTICAS de forma trimestral.
  • Los datos definitivos del número de días COTIZADOS quedarán reflejados correctamente en los Informes de Vida Laboral el mes siguiente a cada uno de los cuatro trimestres del año.
  • Cada día EFECTIVO de prácticas quedará registrado como 1,61 día cotizado, a los únicos efectos del cómputo del tiempo para calcular las prestaciones a las que se tiene derecho.
CÓMPUTO DE DÍAS COTIZADOS POR PRÁCTICAS NO REMUNERADAS REALIZADAS CON ANTERIORIDAD AL 01/01/2024
  • La TGSS publicará las instrucciones para que las personas interesadas puedan suscribir un CONVENIO ESPECIAL para incorporar en su Vida Laboral períodos de prácticas no remuneradas realizadas antes del 01/01/2024.
    • El CONVENIO se suscribe DIRECTAMENTE POR CADA INTERESADO CON LA TGSS.
  • Tenga en cuenta que la universidad solo interviene, en este tipo de procedimientos, emitiendo, en su caso, un Certificado, o documento similar, que acredite los períodos de prácticas, de acuerdo con lo que exija la TGSS.
  • Esta medida está en desarrollo y pendiente de aprobación a través de una Orden Ministerial. Se publicará en esta misma web la información relativa a este procedimiento.
CONTACTO

Todas las consultas deberán dirigirse a la dirección de e-mail: afiliacion.practicas@uv.es