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Transferencia y reconocimiento de créditos

Transferencia

La transferencia de créditos consiste en incluir, en los documentos académico oficiales del estudiante, la totalidad de los créditos obtenidos en las enseñanzas oficiales anteriores y que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.
Los módulos, las materias o las asignaturas o las asignaturas transferidas no se tendrán en cuenta para calcular la baremación del expediente. 
La transferencia no se aplicará en caso de simultanear estudios excepto que renuncie a la simultaneidad por abandono de dichos estudios.

Reconocimiento de estudios superiores oficiales universitarios

El reconocimiento de créditos consiste en aceptar, por parte de la Universitat, los créditos cursados en enseñanzas oficiales, de esta u otra universidad, para que computen en otras enseñanzas distintas al efecto de obtener un título oficial. Reglas básicas de reconocimiento:

  1. Al menos 36 créditos correspondientes a materias de formación básica, si la titulación de destino pertenece a la misma rama que la de origen.
  2. Otros créditos correspondientes a materias de formación bàsica pertenecientes a la rama de destino.
  3. Todos los otros créditos siempre que haya adecuación entre las competencias y los conocimientos entre las materias de origen y las que configuren la titulación de destino.
  4. En ningún caso se reconocerán los créditos correspondientes a los trabajos de fin de grado y máster.

En caso de créditos obtenidos en estudios oficiales de ordenaciones anteriores, se tendrán en cuenta las tablas de adaptación de las asignaturas de estos planes de estudios con las asignaturas de los nuevos planes de estudios.

Reconocimiento de estudios superiores oficiales no universitarios

Podrán ser reconocidos créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales no universitarias, en la formación profesional de grado superior y en programas de movilidad, tanto nacionales com internacionales. Recientmente se ha firmado el Convenio de colaboración entre la Generalitat, a través de la Conselleria d'Educació, Investigació, Cultura i Esport y las cinco universidades públicas valencianas para determinar las correspondencias entre los títulos de técnico/a superior de Formación Profesional impartidos en la CV y los títulos universitarios de grado impartidos, así como el reconocimiento de créditos ECTS entre los títulos nombrados: se convalidarán un mínimo de 30 créditos en los grados recogidos en el Anexo I del Convenio. Consulta este y la web de los centros implicados. A medida que se vayan firmando convenios con el resto de grados, se les dará publicidad.

Por otro lado, la experiencia laboral y profesional acreditada y las enseñanzas universitarias no oficiales podrán ser reconocidas sin que superen, de forma conjunta, el 15% del total de créditos que constituya el plan de estudios. Aunque, el reconocimiento de créditos procedentes de títulos propios, excepcionalmente, podrá superar este porcentaje o, si procede, ser reconocido en su totalidad, siempre que el correspondiente título propio haya sido extinguido y sustituido por un título oficial.
También se pueden reconocer como créditos optativos de la titulación, hasta un máximo de 6, por participación de los estudiantes en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.

Procedimiento

Los procedimientos de transferencia o reconocimiento los ha de iniciar el/la alumno/a con la presentación de la correspondiente solicitud en la secretaría de su centro.

Resolución

El/la decano/a o director/a, previo informe de la Comisión Académica de Título, resolverá en un plazo máximo de un mes, si no, se entenderá desestimada la petición.

Tasas

Para el estudio de las solicitudes y la incorporación al expediente de los créditos reconocidos se aplicarán las tasas establecidas por la Generalitat Valenciana para cada uno de los supuestos.

Normativa Reguladora

Antecedentes reconocimiento créditos

Formularios solicitud reconocimiento créditos

Información por tipo de reconocimientos

       

RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS CORRESPONDIENTES A ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS

(Convalidación de asignaturas)

Actuación

Procedimiento a seguir

Plazo

Solicitud

Sede electrónica (ENTREU) preferentemente.

En caso de cualquier incidencia o problema, también podrá solicitarlo en el siguiente enlace

En período de matrícula, una vez formalizada esta, según lo que se establece en el art. 10.3 del ACGUV 126/2011.

CURSO 2024-2025

Del 15 de julio al 6 de septiembre de 2024

Documentación

- Certificado académico oficial.

- Copia del plan de estudios sellada por el centro de origen, en el caso de estudios cursados en otras universidades.

- Guías docentes de las asignaturas, debidamente selladas por el Departamento o centro de origen, en el caso que no figuren en el listado de antecedentes de reconocimientos como FAVORABLES.

- En el caso de estudios extranjeros, documento con la denominación de los estudios, especificando si son oficiales y de nivel universitario (en el caso del Espacio Europeo de Educación Superior, el SET), donde conste todas las asignaturas cursadas, notas… En el certificado tendrá que constar el número de créditos ECTS y calificaciones o, en su defecto, sistema de calificación y traducción de los créditos cursados.

En el supuesto de que la documentación requerida no esté redactada en alguna de las lenguas oficiales de la Universitat de València, tendrá que presentarse traducida al español por un traductor jurado. Además, en el caso de que los estudios aportados no hayan sido cursados en el Espacio Europeo de Educación Superior, tendrán que estar debidamente legalizados (apostilla de La Haya).

Para estudios cursados en el extranjero, será necesario presentar, debidamente rellenada, la declaración de equivalencia de nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados al extranjero, con la nota media calculada en base 10, que puede solicitar en Ministerio de Educación (declaración equivalencia).

Resolución

Notificación por correo electrónico (@alumni.uv.es), previo pago de las tasas correspondientes.

Importante

 - La solicitud de reconocimiento de créditos ha de iniciarse a instancias del/de la interesado/a.

-  Si la solicitud se informa favorablemente, con carácter previo a dictar la resolución, se generará un recibo para que el/la interesado/a pueda abonar la tasa administrativa correspondiente, según lo establecido en el texto refundido de la ley de tasas de la GVA, por el cual el reconocimiento o la transferencia de créditos para estudios o actividades realizadas en cualquier centro universitario, abonarán a la Universitat el 25% de las tasas establecidas en los epígrafes de la tarifa relativa a la actividad docente que sean aprobados por el Consejo para cada curso académico.

- Siempre que el título de origen y el de destino pertenezcan a la misma rama de conocimiento, se reconocerán al menos 36 créditos de formación básica.

- En ningún caso se podrán reconocer los créditos correspondientes al Trabajo de Fin de Grado.

Normativa

Reglamento para la transferencia y reconocimiento de créditos (ACGUV 126/2011).

Decreto del Consell, por el cual se fijan las tasas que será necesario satisfacer para la prestación de servicios académicos universitarios por el curso correspondiente.

 Antecedentes reconocimiento créditos

 

RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS CORRESPONDIENTES A ENSEÑANZAS SUPERIORES NO UNIVERSITARIAS (Convalidación Ciclo Formativo de Grado Superior CFGS- F.P.)

Actuación

Procedimiento a seguir

Plazo

Solicitud

Sede electrónica (ENTREU) preferentemente.

En caso de cualquier incidencia o problema, también podrá solicitarlo en el siguiente enlace

En período de matrícula, una vez formalizada la misma, según lo que se establece en el art. 10.3 del ACGUV 126/2011.

 

CURSO 2024-2025

Del 15 de julio al 6 de septiembre de 2024

Documentación - Certificado académico oficial en el que conste el desglose por asignaturas y calificaciones, así como la nota media del CFGS.

Resolución

Notificación por correo electrónico (@alumni.uv.es), previo pago de les tasas correspondientes.

Importante

  • La solicitud de reconocimiento de créditos ha de iniciarse a instancias del/de la interesado/a.
  • Para poder solicitar el reconocimiento de la asignatura “33641-Prácticas escolares en la educación infantil II”, será necesario tener superados 100 créditos, así como la asignatura “33640-Prácticas escolares en la educación infantil I”.
  • En el caso de los Grados ofrecidos por la Facultat de Magisteri, únicamente se establece equivalencia y reconocimiento de créditos entre el CFGS de Educación Infantil y el Grado de Maestro/a en Educación Infantil, quedando por tanto excluido el reconocimiento de créditos desde cualquier otro CFGS.
  • Si la solicitud se informa favorablemente, con carácter previo a dictar la resolución, se generará un recibo para que el interesado pueda abonar  la tasa administrativa correspondiente, según lo establecido en el texto refundido de la ley de tasas de la GVA, por el cual el reconocimiento o la transferencia de créditos para estudios o actividades realizadas en cualquier centro universitario, abonarán en la Universidad el 25% de las tasas establecidas en los epígrafes de la tarifa relativa a la actividad docente que sean aprobados por el Consell para cada curso académico.
  • En caso de que el/la alumno/a solicite reconocimiento de créditos desde CFGS y desde otro Grado (universitario), tendrá que indicarlo en el momento de la solicitud, en el apartado de observaciones, puesto que ambos expedientes tienen que ser tratados como un único reconocimiento en su expediente.

Normativa

Reglamento para la transferencia y reconocimiento de créditos.( ACGUV 126/2011).

R. D. 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior.

Antecedentes reconocimiento créditos CFGS Infantil

 

 

 

 

RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS PARA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN

Actuación

Procedimiento a seguir

Plazo

Solicitud

Mediante el siguiente enlace

En cualquier momento, en el curso académico en el cual el alumno esté matriculado de TODOS los créditos que le queden para finalizar el Grado.

Documentación

- Certificado o diploma acreditativo oficial de la actividad realizada, en el cual conste nombre de créditos y fecha o edición en la cual se ha realitzado.

Resolución

Notificación por correo electrónico (@alumni.uv.es), previo pago de les tasas correspondientes.

Importante

-       Los créditos se computarán como créditos optativos, preferentemente del último curso.

-       La calificación de estos créditos será Apto, excepto en el caso que una norma estatal establezca lo contrario. Estos créditos no computarán para la obtención de la nota media del expediente.

-       Para poder solicitar el reconocimiento será necesario tener un mínimo de 6 créditos susceptibles de ser reconocidos (ver enlace a las propuestas de actividades propuestas por el Consell de Govern de la UV para cada curso académico).

-       El número máximo de créditos que se puede reconocer por este tipo de actividades es de 6 créditos.

-       En el caso de alumnos matriculados en el Grado de Maestro/a en Educación Primaria, hay que tener en cuenta que el reconocimiento de una asignatura optativa por créditos de participación supondrá la obtención del título del Grado SIN la mención correspondiente. Para la obtención de la mención es obligatorio cursar todas las asignaturas que forman parte de la misma.

- Si la solicitud se informa favorablemente, con carácter previo a dictar la resolución, se generará un recibo para que el interesado pueda abonar la tasa administrativa correspondiente, según lo establecido en el texto refundido de la ley de tasas de la GVA, por el cual el reconocimiento o la transferencia de créditos para estudios o actividades realizadas en cualquier centro universitario, abonarán en la Universidad el 25% de las tasas establecidas en los epígrafes de la tarifa relativa a la actividad docente que sean aprobados por el Consell para cada curso académico.

Normativa

Reglamento para la transferencia y reconocimiento de créditos ( ACGUV 126/2011).

Reglamento de reconocimiento académico para la participación en actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación (ACGUV 215/2010).

Propuestas actividades participación universitaria ACGUV