Son competencias del Consejo de Gobierno:
- Convocar elecciones a rector o rectora, salvo cuando la competencia corresponda al Claustro.
- Convocar elecciones para la renovación total del Claustro.
- Aprobar y modificar los reglamentos marco y los reglamentos de organización y funcionamiento de la Universidad, salvo que estos Estatutos u otras disposiciones aplicables atribuyan expresamente esta competencia a otros órganos.
- Emitir todos los informes preceptivos que determine la legislación vigente y estos Estatutos.
- Aprobar y revocar los convenios pertinentes para el cumplimiento de los fines de la Universitat de València.
- Crear, modificar y suprimir departamentos y los centros o las estructuras que la legislación vigente no reserve a otros organismos.
- Crear y modificar servicios generales, así como proponer al Claustro su supresión.
- Acordar, sin perjuicio de las competencias del Consejo Social, la creación por la Universitat o en colaboración con otras instituciones públicas o privadas, de empresas, fundaciones u otras personas jurídicas, así como la participación en las ya están constituidas. De estos acuerdos deberá informar al Claustro en la sesión siguiente.
- Aprobar o modificar los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el Estado, así como determinar el centro propio al que se encarga la organización de las enseñanzas.
- Aprobar los títulos propios de la Universitat de València y sus planes de estudios.
- Aprobar anualmente el calendario académico y la oferta de curso académico.
- Aprobar estudios y actividades de extensión universitaria.
- Aprobar planes propios de promoción y desarrollo de la investigación y de formación de investigadores, así como de innovación educativa.
- Establecer los criterios generales para la configuración y la actualización de la plantilla del personal docente e investigador y de administración y servicios.
- Aprobar la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador y sus modificaciones, y proponer para su aprobación, en su caso, la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios y sus modificaciones.
- Aprobar los reglamentos que regulen los concursos de acceso y los de selección de personal docente e investigador contratado.
- Acordar las plazas de profesorado que han de ser provistas mediante concurso de acceso entre habilitados, así como la convocatoria de los correspondientes concursos de acceso .
- Acordar la convocatoria de concursos públicos para la selección de personal docente e investigador contratado laboral de duración indefinida.
- Nombrar profesores eméritos y acordar su contratación y la prórroga de la misma.
- Aprobar los reglamentos de concesión del doctorado honoris causa y de la medalla de la Universitat, y otorgar estas distinciones.
- Aprobar los procedimientos de selección y provisión de puestos de trabajo, así como acordar la convocatoria de la oferta de empleo público y de la provisión de puestos de trabajo del personal de administración y servicios.
- Proponer al Consejo Social el reconocimiento de las situaciones que, además de las establecidas por las disposiciones de la Generalitat, puedan causar derecho al componente retributivo por méritos de dedicación a la gestión universitaria.
- Aprobar los reglamentos de los procedimientos de admisión de estudiantes, de gestión de matrícula y de expedientes académicos, de revisión de calificaciones y de concesión de los premios extraordinarios.
- Proponer, en la elaboración del presupuesto, la política propia de becas y de ayudas al estudio.
- Aprobar las bases especiales de los conciertos singulares de la Universitat con las instituciones sanitarias en las que deban impartirse enseñanzas universitarias.
- Aprobar las directrices generales de política lingüística y el reglamento que las desarrolle.
- Exigir responsabilidades a los cargos o representantes que elige y, en su caso, revocarlos.
- En general, todas las competencias que le atribuyan la ley y los presentes Estatutos.