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La iniciativa California-Spain Campus (CSC) es un proyecto colaborativo que forma parte de lae estrategia de internacionalización de las actividades de la Universitat de València con prestigiosas universidades de los Estados Unidos y que, en este caso, persigue poner en valor las actividades de colaboración con la University of California at Berkeley (UCB) previstas en el marco del memorandum de entendimiento firmado en 2013. Dentro de este marco se desarrollan diferentes actividades, entre ellas el Concurso Internacional Entrepreneurship and Innovation in Europe: a Berkeley Startup Bootcamp.

CONVOCATORIA

SOLICITUDES

  • url Plazo de presentación: 29/12/2016 hasta el 04/02/2017
  • url Solicitud

ADMITIDOS

FORMACIÓN Y CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN TERCERA FASE (Definitiva)

 

BASES DE LA CONVOCATORIA "Entrepreneurship and Innovation in Europe: A Berkeley Startup Bootcamp" 2017

CSC

 

1. Naturaleza de la convocatoria


En el marco de esta iniciativa, los vicerrectores de Estudios de Grado y Política Lingüística y de Internacionalización y Cooperación (en adelante, órganos convocantes), convocan y organizan un concurso para seleccionar 6 estudiantes matriculados en el curso 2016/2017, en titulaciones oficiales de grado, máster o doctorado de la UV para participar en el campus internacional: “Entrepreneurship and Innovation in Europe: A Berkeley Startup Bootcamp” (en adelante, Berkeley Startup Bootcamp) que tendrá lugar en Turín, Italia del 9 al 28 de julio de 2017.

Este programa también forma parte del plan VLC/CAMPUS Global financiado por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte y persigue fomentar actividades específicas de innovación que impulsen el talento y el espíritu emprendedor de los estudiantes del campus por lo que se encuentra también enmarcado dentro de las actividades que se desarrollan en el SocInnoLab, el Living Lab de Innovación Social de la UV, cuyo objetivo es la creación de un ecosistema de innovación en formación orientado a la mejora de la empleabilidad en el que probar nuevos productos y servicios formativos con usuarios reales.

Durante esta estancia, el participante recibirá formación para poner en marcha empresas y se podrá rodear del todo el ecosistema emprendedor.

  • 150 speakers internacionales
  • Mentores
  • Bussiness Angels de Silicon Valley, Europa y EE.UU
  • 600 participantes
  • 90 Universidades
  • 68 nacionalidades

Se realizarán sesiones, de gestión de equipos, creación de negocios, experiencia de usuarios, adquisición de clientes, prototipos… Asistirán grandes conferenciantes de las mejores instituciones del mundo como Google, Stanford University, Ferrari o Fiat.

2. Requisitos y Solicitudes


  1. 1. Requisitos

Los requisitos que han de cumplir las personas solicitantes para resultar admitidas en esta convocatoria son:

  • Estar matriculados en el curso 2016/2017 en una titulación oficial de grado, máster o doctorado de la Universitat de València.
  • Nivel de inglés medio (mínimo B2 según el Marco Común Europeo de Referencia para los Idiomas: aprendizaje, enseñanza, evaluación (MCER).
  1. 2. Formalización de Solicitudes y Documentación.

Las personas interesadas deberán cumplimentar el formulario de inscripción que se ajustará al modelo establecido en el anexo II de esta convocatoria (formulario de solicitud) y que deberá ir acompañado de la acreditación del conocimiento del idioma.

  1. 3. Plazos

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y terminará el 4 de febrero de 2017 a las 23:59 h.

Se dará publicidad de la misma en el Tablón Oficial de Anuncios de la UV, sin perjuicio de su publicación en la página web de la Oficina de Políticas para la Excelencia de la UV y del CEI VLC/CAMPUS.

Si la documentación aportada fuera incompleta, en cumplimiento del artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días hábiles complete la documentación o subsane las deficiencias, con advertencia de que, si no lo hiciese, implicará el desistimiento de la solicitud.

Las personas interesadas presentarán su solicitud, preferentemente, a través del formulario “on-line” ENTREU (Entorn de Tramitació Electrònica de la Universitat de València).  Pudiéndose presentar también estos por cualquier otro lugar previsto previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A efectos de cumplimiento de plazo se tendrá en cuenta la fecha y hora de presentación por registro de entrada.

No se tendrán en cuenta las solicitudes que no completen correctamente el proceso de presentación establecido.

3. Tipos de ayudas


Se concederán 6 ayudas para la realización de una estancia que permita la participación de las personas beneficiarias en el campus “Berkeley Startup Bootcamp” que tendrá lugar en Turin, Italia del 9 al 28 de julio de 2017 organizado por la European Innovation Academy (EIA).

Estas 6 ayudas -valoradas en 9.894,00 €- incluirán los costes de inscripción y de alojamiento. No incluyen gastos como el transporte, manutención y otros gastos que pudieran derivarse. Los estudiantes seleccionados, recibirán la documentación acreditativa que les permita su participación en el evento y, al aceptar estas ayudas, se comprometerán a participar en el concurso, financiando sus gastos de desplazamiento y manutención. A estos efectos informativos, las personas beneficiarias podrán solicitar, si así lo desean, las ayudas económicas de la convocatoria general de bolsas de viaje de la Universitat de València que gestiona el Servicio de Información y Dinamización de la UV (SeDI).

La concesión de esta ayuda no otorga ningún privilegio en la obtención de una ayuda de bolsa de viaje. La no participación en el evento, una vez seleccionado, conllevará la devolución de las ayudas que la UV a través del programa Campus de Excelencia Internacional VLC/CAMPUS haya movilizado para asegurar su participación en el Bootcamp. No podrán volver a participar en este concurso los y las estudiantes que hayan sido seleccionados en convocatorias anteriores.

4. Procedimientos. Criterios de evaluación y selección


  1. 1.Órganos instructor  y de evaluación de la convocatoria

El órgano instructor de esta convocatoria es la Oficina de Políticas para la Excelencia de la Universitat de València. La Comisión de Evaluación de las ayudas estará formada porla vicerrectora de Estudios y Política Lingüística de la UV que la presidirá y por un grupo de vocales.

  1. 2. Procedimiento de formación de los equipos de innovación necesarios para la elaboración de los proyectos y de selección de los estudiantes ganadores del concurso:

4.2.1. Fase 1: Admisión.  Todos los estudiantes que quieran participar en esta convocatoria deberán inscribirse según el procedimiento previsto en el apartado 3 de estas bases y resultar admitidos en la misma.

4.2.2. Fase 2: Equipos de innovación: composición, objetivo, formación previa.

A la vista de las solicitudes, la Comsión de Evaluación de la convocaotoria formará los equipos de innovación agrupando a las personas admitidas mediante un sorteo público dirigido para garantizar una composición que posibilite la participación en cada equipo de estudiantes procedentes de diferentes titulaciones. La evaluación de los solicitantes se realizará teniendo en cuenta la participación individual y la calidad de los proyectos que elabore cada equipo de innovación..

Estos equipos de innovación estarán formados por un número de entre 3 y 8 estudiantes. Cada equipo de innovación tendrá que elaborar y defender, al final del proceso de formación, un proyecto de innovación ante la Comisión de Evaluación.

Todas las personas integrantes de cada equipo deberán participar en las actividades formativas que se programen en formato seminario, taller, visita, conferencia o clase. Dicha formación estará enfocada a la creación de start-up, ideas y modelo de negocio, financiación, comercialización, comunicación y redes.
Cada participante deberá acreditar la asistencia, al menos, del 85% de las actividades recomendadas para poder participar en la fase de selección de los proyectos ganadores del concurso. La Comisión de Evaluación podrá realizar más de una sesión de presentación y preselección de candidaturas para valorar estos proyectos y la participación en los mismos de las personas solicitantes, clasificándolas en función de sus características. Tras estas presentaciones, los y las estudiantes admitidos, quedarán ordenados en función de las puntuaciones individuales y las de cada equipo y proyecto presentado. El órgano instructor, publicará con la suficiente antelación el documento “Criterios para la formación de los equipos de innovación y preselección y selección de estudiantes” en el que se informará del programa formativo en el que tendrán que participar los y las aspirantes y los criterios específicos para efectuar los sorteos necesarios para la formación de los equipos y para la preselección y selección de aspirantes que aplicará la Comisión de Evaluación.

4.2.3. Fase 3: Preselección y selección de proyectos de innovación ganadores y propuesta de concesión de 6 ayudas de matrícula y de alojamiento para participar en el programa de formación Berkeley Startup Bootcamp.

La Comisión de Evaluación elaborará una relación priorizada del resto de aspirantes según los méritos alcanzados en las fases de preselección y selección que se estime necesario organizar. El órgano instructor informará del número de fases de preselección que se considere necesario organizar y del número máximo de aspirantes que podrán superar cada fase y los criterios para reorganizar los equipos de innovación en función de las titulaciones de procedencia de los y las aspirantes que continúen participando en el concurso.

  1. 3. Criterios de evaluación

A) Valoración individual de la participación del estudiantado (puntuación máxima 50 puntos).

  • Habildad en el uso del inglés, fluidez, claridad, vocabulario (Puntuación máxima de 15 puntos).
  • Habilidad para convencer de las ventajas del proyecto y coordinación con el resto del equipo (Puntuación máxima de 20 puntos).
  • Dominio del tema, seguridad, coherencia en las respuestas dadas (Puntuación máxima de 15 puntos).

B)  Valoración del proyecto presentado por los equipos de innovación (puntuación máxima 50 puntos).

  • Descripción de la demanda potencial, necesidad y oportunidad (puntuación máxima de 10 puntos): identificación del público potencial de los productos / servicios que ofrecerá la futura Start UP. Identificación del mercado y la competencia  y oportunidad de introducir el producto en el mercado. Justificación de la necesidad de mercado que satisface el proyecto a desarrollar. Aplicabilidad de los resultados, cercanía al mercado e impacto socio-económico que supone.
  • Impacto viabilidad de la idea (puntuación máxima de 15 puntos): justificación de la viabilidad económica y técnica de la empresa para desarrollar el producto o servicio. Factibilidad para llevar a cabo el proyecto y claridad en el planteamiento de las expectativas de rentabilidad.
  • Grado de innovación y creatividad (puntuación máxima 10 puntos): creación de nuevos productos y servicios y descripción de las posibles características innovadoras y diferenciadoras del producto o servicio que aportan valor añadido y lo distinguen de otros productos o servicios ya existentes.
  • Habilidad para identificar los recursos necesarios para comenzar el proyecto (puntuación máxima 15 puntos): los recursos tienen que coincidir con el Plan de Negocio presentado, en su caso.

5. Resolución


  1. La comisión de evaluación elevará al órgano instructor una propuesta de concesión de las 6 ayadas previstas en esta convocatoria.posta de concessió de les 6 ajudes previstes en aquesta convocatòria.
  2. El órgano instructor realizará una resolución provisional con un plazo de 10 días hábiles para alegaciones.
  3. Propuesta de resolución definitiva con un plazo de5 días hábiles para alegaciones y como plazo para la aceptación expresa de la ayuda.
  4. Resolución definitiva publicada en el tablón de anuncios de la UV y a la OPEX, notificandose a las personas interesadas.
  5. El plazo máximo para resolver y notificar estas ayudas será de 3 meses, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución provisional en el tablón de anuncios oficial de la UV. i notificar aquestes ajudes és de tres mesos, comptadors a partir de l'endemà de la publicació de la resolució provisional al tauler oficial d'anuncis de la UV..

 

6. Obligaciones de los beneficiarios.


La aceptación de la ayuda por parte de los beneficiarios implica la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que la UV establezca para su seguimiento científico y las señaladas para la justificación del uso de los fondos recibidos. 

  • Como obligación principal de los beneficiarios, la realización de la actividad para la que se les concede la ayuda en el plazo de tiempo que se determine, teniendo la obligación de devolver las ayudas concedidas en el caso de no participar en el Bootcamp sin que la causa que la motive sea de fuerza mayor.
  • Los beneficiarios deberán someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la UV así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores
  • En el caso de recibir o disponer de financiación pública o privada para el proyecto, los beneficiarios deberán comunicar al órgano instructor de la convocatoria la concesión de dichas ayudas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca, y en todo caso, con la justificación final de la ayuda.
  • En el caso en que las ideas propuestas estén sujetas a derechos de propiedad industrial o intelectual de los cuales la UV sea o pueda ser titular, los beneficiarios de estas ayudas tendrán que ponerse en contacto con la Oficina de Transferencia de los Resultados para la Investigación de la Universitat València.

 

7. Legislación: publicidad, protección de datos de carácter personal, legislación aplicable y pbservaciones.


Publicidad

Las personas beneficiarias deberán dar publicidad a las ayudas recibidas en las publicaciones, ponencias, y actividades de difusión de los resultados de su idea de negocio, mencionando expresamente que el proyecto ha sido financiado por el Campus de Excelencia Internacional VLC/CAMPUS financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte..

Protección de datos de carácter personal

El contenido de las ideas que se presenten al concurso, así como todos los datos, documentación e información de cualquier clase que se suministre, tendrán carácter confidencial, secreto y restringido y como tales serán tratados tanto por la UV, como receptora de las solicitudes, como por los miembros de la Comisión de Evaluación. La participación en esta convocatoria supone la incorporación de los datos personales a los sistemas de información de la Universitat de València, para la gestión administrativa de la misma. Asimismo su participación comporta las siguientes cesiones de datos: En la European Innovation Academy y la publicación de los resultados en las páginas web de la UV.

Asimismo, autoriza que su información pueda ser utilizada por la UV para la remisión de informaciones sobre eventos relacionados con el ámbito del concurso por cualquier medio incluidas las comunicaciones electrónicas. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento mediante la remisión de un mensaje de correo electrónico a lopd@uv.es desde una cuenta de la Universitat de València, o por escrito aportando copia de documento oficial que acredite su identidad y justificación, si procede, de su solicitud dirigido a: Protección de datos: Servei d'Informàtica. Universitat de València.​ C / Amadeu de Savoia, 4, 2n. 46010 –Valencia​

Legislación aplicable

En lo no previsto por la convocatoria, ésta deberá interpretarse conforme a la legislación aplicable a las ayudas y otras aportaciones dinerarias sin contraprestación realizadas por los entes pertenecientes al sector público de la Comunidad Valenciana, esto es, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Ley 9/2008, de 3 de julio, que modifica la Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de Fundaciones de la Comunidad Valenciana y Ley de Hacienda Pública del Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991.

Observacions

La presentación de una solicitud para estas ayudas supone, por parte del beneficiario, la aceptación expresa tanto de estas bases como de los criterios y decisiones que la UV pueda tomar ante cualquier duda de interpretación sobre los requisitos y condiciones hasta aquí enunciados.

La detección de un incumplimiento de estas bases, cualquiera que sea el momento en que ésta se produzca e independientemente del estado en que se encuentre la solicitud dentro del proceso de preselección, selección o concesión de las ayudas, supondrá la cancelación automática de dicha solicitud o de la ayuda si ésta hubiera sido concedida.

Los solicitantes aceptan de forma expresa la plena validez de los registros y medios electrónicos y telemáticos gestionados por los sistemas informáticos de la UV o de VLC/CAMPUS como prueba plenamente válida ante eventuales reclamaciones o procedimientos judiciales o extrajudiciales vinculados a la solicitud, selección, concesión, denegación y uso de las ayudas.