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Régimen de jurídico y/o contractual que regula la relación del doctorando con la Universidad y compromiso firmado entre el doctorando, la Universidad y el Director y tutor.

Durante el primer mes, el doctorando firma un compromiso documental con la Universidad, su director y tutor en el que se establecen las obligaciones por ambas partes y el doctorando se compromete, en otros aspectos a: hacer un buen uso de los recursos que la Universidad pone a su disposición para la realización del doctorado, a respetar la confidencialidad en los datos de investigación, a respetar las normas y procedimientos y a desarrollar comportamientos éticos en la productividad científica (no plagio, etc.) y a utilizar de acuerdo con las normas y procedimientos la información, bases de datos etc. desarrollados por los equipos de investigación de la Universidad.

Procedimiento de asignación de tutor/director de tesis y de cambio de asignación de tutor o director

El artículo 11.4 del RD 99/2011 establece que en el plazo de 6 meses, la comisión académica responsable del programa asignará a cada doctorando un director de tesis, “con experiencia investigadora acreditada”. Las normativas de la Universitat de Valencia (Reglamento de estudios de Postgrado 29/11/2011) y de la Universidad de Sevilla (Normativa de estudios de doctorado 7.2/CG 17/06/11) recogen y precisan estos requisitos.

La CA analiza las preferencias del doctorando y las posibilidades que tiene cada línea de admitir nuevos doctorandos. En función de ello se ubica a cada doctorando en una línea y se asigna un tutor y director.

Durante el primer año, doctorando y director preparan el Plan de Investigación que el doctorando tendrá que presentar a la Comisión Académica (CA)  para su evaluación al final de su primer año.

En caso de que el doctorando o el director plantearan la modificación en la asignación del Director, deberán solicitarlo a la CA mediante un documento en que se razonen los motivos de esa modificación y, en su caso, las recomendaciones o propuestas, para la reasignación de director. Dicha solicitud será considerada por la CA que podrá pedir información adicional o entrevistar a las personas implicadas y posteriormente resolverá, motivando y razonando su decisión. La Comisión deberá resolver en un plazo máximo de tres meses después de presentarse la solicitud.

Procedimiento utilizado para el control del registro de actividades de cada doctorando y la certificación de sus datos

Cuando el estudiante se matricula, la universidad formaliza el Documento de Actividades del Doctorando (DAD). Se pretende que todos los estudiantes del programa utilicen el mismo registro electrónico o al menos que los datos se puedan exportar de uno a otro para realizar explotaciones e informes de gestión conjuntas.

El director de la tesis, a la vista del DAD y del resumen que el doctorando elabora para presentarlo en las Jornadas Anuales de Presentación de Resultados (JAPR), emitirá un informe anual para la CA en el que valore a través del análisis de este documento, si el desarrollo de la tesis ha sido o no positivo, en función de que se hayan alcanzado los objetivos propuestos. La CA tendrá en cuenta el informe del director y en caso de duda, analizará detalladamente el documento de actividades, contrastándolo con los objetivos y resultados presentados en el Plan de investigación del doctorando.

Procedimiento para la valoración anual de los progresos realizados de acuerdo con el Plan de investigación y el registro de actividades del doctorando.

Para proceder a la evaluación del Plan de investigación la CA tendrá en cuenta varios documentos:

  • El informe de evaluación emitido por el director/es de la tesis.
  • El informe elaborado por un profesor extranjero.
  • El feedback de un “ponente” de la propia CA.

Los criterios de evaluación se establecen en función de las competencias establecidas en el programa y los que se tienen en cuenta para revisar un proyecto de investigación, en las convocatorias competitivas.

En base a todos los aspectos analizados, la CA elaborará un informe y adoptará la decisión de inscribir con ese proyecto la tesis doctoral. En caso de que la decisión no sea favorable, se motivará la decisión y se ofrecerán recomendaciones e indicaciones para mejorar o replantear el proyecto.

Teniendo en cuenta el Plan de Investigación del Doctorando y a partir del mismo, el Doctorando realizará un informe anual de los progresos realizados en la realización de dicho plan y elaborará la propuesta de trabajo para el año siguiente. Estos documentos se prepararán para ser presentados en cada Jornada Anual de Presentación de Resultados, siguiendo el proceso que ya se ha descrito anteriormente.

Esos documentos junto con los correspondientes informes del director, el “discussant” evaluador de ese trabajo en la Jornada serán recibidos por la CA para la evaluación anual del Doctorado. La CA podrá solicitar evidencias documentales de las actividades descritas en el DAD y resumidas en el informe de progreso anual.

Teniendo en cuenta el estadio en el que se encuentre el doctorando, la evaluación de la CA será primordialmente formativa (con comentarios que ayuden al doctorando a avanzar en la calidad de su trabajo), formativa o de proceso (en el que ya se evalúan los apartados presentados, pero aún está orientada a la mejora de su calidad) e integradora o de resultado, ya al final del tercer año, en la que se trata de evaluar el resultado final y dar el visto bueno a la defensa de la tesis doctoral.

En todos los casos, la CA deberá determinar el sentido global positivo o negativo de la evaluación que realiza. Como establece el RD99/2011, en caso de “evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa”.

Previsión de estancias de los doctorandos en otros centros, co-tutelas y menciones europeas.

Respecto a las estancias del doctorando en otras universidades o centros de investigación, este programa tiene como norma que todos los doctorandos tengan la estancia mínima necesaria para poder alcanzar la Mención Internacional de doctorado. Para ello el doctorando ha de estar como mínimo 3 meses en otra universidad. Nuestro programa promueve y apoya las solicitudes de movilidad y las convocatorias de becas pertinentes. El centro receptor se busca en función de la temática de la tesis doctoral, aprovechando las relaciones internacionales que se mantienen con otros equipos de investigación punteros en el área de conocimiento.

La estancia se formaliza con un Acuerdo de Colaboración que se establece entre el órgano responsable del programa y el de la universidad que recibe al doctorando. Además la universidad receptora proporcionará al doctorando su certificado de estancia.