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Calendario emisión recibos

En los estudios de doctorado el número máximo de plazos es 6 para estudiantes de segunda matrícula y sucesivas y 5 para estudiantes de primera matrícula, debido al calendario de renovación de matrícula (primera quincena de octubre) y periodos de automatrícula.

  • Domiciliado: en un pago único, dos plazos o seis plazos. Se debe indicar los datos de una cuenta bancaria española en la aplicación informática de automatrícula.
  • Modificación de los datos bancarios:  Para que el cambio de cuenta sea efectivo será necesario remitir la orden de domiciliación bancaria  a través de SEDE ELECTRÓNICA/MIS TRÁMITES) a la Escuela de Doctorado.
  • Pago con tarjeta de crédito: Los recibos se emitirán en los mismos periodos que el pago domiciliado. Se remitirá un correo a la dirección institucional de “alumni” para informar que el recibo ha sido generado y se tendrá que efectuar el pago a partir de la fecha de emisión del recibo mediante la plataforma de pagos en línea de la UV (Sede Electrónica UV), en un plazo no superior a 8 días.

A todos los estudiantes se les emitirá el recibo para el cobro de las tasas administrativas y seguro escolar (menores de 28 años), incluso a los estudiantes beneficiarios/as de un contrato predoctoral que tengan exención de la tutela académica. Estas tasas no son susceptibles de devolución.

Consecuencias del impago

El impago de la matrícula o de alguno de los plazos, en el caso de pago fraccionado, comportará la anulación de la matrícula, sin derecho a reintegro, de las cantidades que se hayan abonado. En este caso, la matrícula será anulada de oficio. La resolución de anulación de la matrícula por impago será notificada a la dirección institucional usuario@alumni.uv.es. En ningún caso se comunicará a otros correos electrónicos de los que disponga el estudiante.

En caso de volver a matricularse solo tendrá opción al pago total en un único plazo y no domiciliado. En caso de impago, se procederá de la forma expuesta anteriormente. La matrícula tendrá que estar abonada o, si es el caso, anulada, antes del final de noviembre de 2025.

La baja por impago de la matrícula implica la imposibilidad de ser admitido y de formalizar la matrícula en el mismo programa de doctorado en el que causó la baja en el curso académico posterior. En caso de resultar nuevamente admitido, el tiempo transcurrido anteriormente en el mismo programa de doctorado computará a los efectos de cálculo de duración de los estudios de doctorado.

La anulación total de la matrícula por impago, implica la revocación de las calificaciones que eventualmente se hayan obtenido en los créditos de formación complementaria, así como la revocación de las actividades formativas transversales o específicas del programa que eventualmente se hayan incluido en el expediente durante el curso en el que se anula la matrícula.


El estudiantado que haya finalizado los estudios no podrá hacer el depósito del título hasta que no haya pagado la totalidad de los recibos pendientes

Exenciones

Sólo puede aplicarse la exención y procederá la bonificación si se tiene reconocida esta condición durante el período de renovación de la matrícula para estudiantes de segundo año o sucesivos o durante el periodo de matrícula para estudiantes de primer año. No cabe la devolución de tasas si no tenían reconocida la condición o el certificado de reconocimiento es posterior al período de matrícula.

Renovación de matrícula: del 1 al 15 de octubre

Primera matrícula:

  • del 10 al 17 de octubre de 2024 (automatricula periodo ordinario)
  • del 9 al 11 de diciembre de 2024 (automatricula periodo extraordinario)

Devoluciones de tasas

La devolución de tasas correspondientes a la tutela académica y otros conceptos abonados sólo procederá si la solicitud de baja se presenta antes del 31 de diciembre del curso académico correspondiente.