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La Junta de Centro es el órgano máximo de representación, decisión y control del Centro. Sus funciones están enumeradas en el artículo 6 del Reglamento de Régimen Interno y en el artículo 37 de los Estatutos de la Universitat de València.

Funciones:

De acuerdo con el Artículo 37 de los Estatutos de la Universitat de València, son competencias de la junta de centro:

a) Elegir al decano o la decana.

b) Proponer al Consejo de Gobierno el reglamento de régimen interno del centro.

c) Formular una moción de censura al decano o la decana, cuya aprobación implicará su cese.

d) Elegir y, en su caso, revocar a los representantes del centro en los órganos de la Universitat.

e) Formular propuestas para la elaboración del presupuesto y aprobar la distribución de la asignación presupuestaria del centro.

f) Emitir informe sobre las propuestas de los planes de estudios.

g) Proponer la implantación de nuevas titulaciones.

h) Proponer la creación de títulos y diplomas propios de la Universitat de València.

i) Elaborar la propuesta de asignación de espacios.

j) Crear y aprobar la composición de las comisiones académicas de título y de todas las comisiones que se consideren necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

k) Formular las peticiones del personal necesario para el cumplimiento de las funciones del centro.

l) Aprobar las propuestas de organización de curso académico elaboradas por las correspondientes comisiones académicas de título, que se remitirán al Consejo de Gobierno.

m) Aprobar, con el fin de facilitar su evaluación, la memoria anual de actividades que se remitirá al Rectorado.

n) Resolver los conflictos que se puedan producir en el centro.

o) Proponer la concesión de premios y honores.

p) Todas aquellas que le reserven los presentes Estatutos y la legislación vigente.