Las ayudas destinadas a asociaciones, colectivos y agrupaciones de electores de estudiantes con representación en el Claustro de la Universitat de València tienen por objeto dar apoyo a la realización de actividades que promuevan la participación y la representación estudiantil. Las iniciativas han de contribuir a fomentar la implicación de estudiantes en los órganos de gobierno, a impulsar la formación en competencias para el ejercicio de la representación, a difundir los recursos y los servicios que la Universitat pone a disposición de los y de las estudiantes, y a elaborar materiales de comunicación que incentiven la participació electoral o la participación universitaria en general.
Convocatoria 2025
Personas beneficiarias
Estudiantes claustrales de forma individual o las candidaturas que hayan obtenido representación en el Claustro, si están legalmente constituidas como asociación. Se trata de una concesión directa.
Dotación económica
175 euros por estudiante claustral.
Obligaciones de las personas beneficiarias
- Las ayudas concedidas han de destinarse a actividades de promoción de la participación y la representación estudiantil, y se tienen que realizar entre el 1 de diciembre de 2025 y el 29 de octubre de 2026.
- Cumplir las normas para la ejecución de las ayudas establecidas en el anexo III de la resolución de concesión.
Fases del procedimiento y documentación
1. Publicación de las bases
2. Aceptación y pago de las ayudas
El pago se efectuará una vez se haya presentado la aceptación de la ayuda y de las normas de ejecución, así como los datos bancarios, si es el caso.
La aceptación se realizará del 9 de enero al 26 de febrero de 2026 Sede Electrónica de la Universitat de València. Adjuntad la documentación siguiente, según sea el caso:
- Documento de aceptación para las asociaciones [PDF].
- Documento de aceptación para estudiantes representantes en el Claustro agrupados en candidaturas [PDF].
- Datos bancarios de la persona beneficiaria [cuentas nacionales, cuentas extranjeras], si no los habéis entregado nunca una en la Universitat de València, o si queréis cambiarlas para la percepción de la ayuda.
3. Justificación
Si en el plazo indicado no se justifica la ayuda o se hace de manera insuficiente, implicará la devolución de la ayuda o de la parte no justificada.
Hay que presentar, antes del 29 de octubre de 2026, la siguiente documentación justificativa:
- Memoria explicativa que incluya una relación numerada de los gastos efectuados y el objeto y finalidad de cada uno.
- Tiques, facturas o recibos de cada una de los gastos indicados en la memoria. Estos documentos tendrán que reunir los siguientes requisitos:
- Estar expedidos entre el 1/12/2025 y el 29/10/2026.
- Tener claramente expresado el concepto del gasto y las cantidades, si es el caso.
- En caso de facturas y recibos, han de estar a nombre de la asociación o de la persona beneficiaria de la ayuda.
- Justificantes de las transferencias o pagos con tarjeta de las facturas. La titularidad de la cuenta des de la cual se hace el pago tiene que ser de la persona o de la asociación beneficiaria.
- Evidencias de la adquisición o de la producción de materiales o de la realización de las actividades con los gastos consignados.
¿Tienes dudas?
Recomendamos leer todas las bases de la resolución de la concesión. Además, en caso de que necesites hacernos alguna consulta puedes escribirnos a participa@uv.es.







