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Según el artículo 26 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sobre la Protección de la maternidad, se considera a las mujeres en periodo de embarazo y lactancia trabajadoras especialmente sensibles, estableciendo una serie de medidas encaminadas a la adaptación de las condiciones de trabajo.

Cómo actuar en situación de embarazo

1. La trabajadora embarazada debe iniciar el procedimiento cumplimentando el “Formulario de adaptación de puesto de trabajo por embarazo o lactancia natural a disposición en la página web del Servei de Prevenció i Medi Ambient: FORMULARIO DE ADAPTACIÓN.

2.El Servei de Prevenció i Medi Ambient evalúa el puesto de trabajo e informa a la trabajadora sobre las condiciones existentes en su puesto de trabajo que podrían influir negativamente en su salud y en la de su descendencia.

Pueden producirse las siguientes situaciones:

Que se adapte el puesto de trabajo, eliminando el riesgo mediante la adopción de medidas preventivas En este caso se mantiene en su el puesto de trabajo con la adaptación de las condiciones laborales.

Si no es posible la adaptación del puesto, se procede a la tramitación de la Suspensión del contrato por riesgo laboral durante el embarazo