Esta normativa regula las condiciones de permanencia de los estudiantes matriculados en estudios conducentes a títulos oficiales.
Rendimiento mínimo y penalización por incumplimiento
Los estudiantes de primer curso de nuevo ingreso tendrán que superar, al menos, 12 créditos.
Si no cumplen el requisito establecido en el apartado anterior, no podrán matricularse en la misma titulación hasta que pasen dos años académicos.
Con carácter general, una asignatura adaptada o convalidada es una asignatura superada.
Esta regla se aplicará tanto a los/las estudiantes a tiempo completo como a los de tiempo parcial.
Número máximo de convocatorias
Los estudiantes disponen de seis convocatorias para superar cada asignatura. Se considerará que la condición de no presentado en el Acta no consume convocatoria. A los/las estudiantes con el 15% o menos pendiente para finalizar la titulación no se les aplicará la limitación de convocatorias.
Excepciones
Quedan exentos de las limitaciones anteriores los que justifiquen circunstancias de fuerza mayor que puedan haber influido en su rendimiento académico.
Será competencia del decano/a o director/a del Centro la decisión sobre cada caso.
Traslados
A los/las estudiantes que provienen de otras universidades se les aplicará el mismo trato que a los/las estudiantes de la Universitat de València.
A los/las que obtengan el traslado de expediente a la Universitat, se les computarán las convocatorias utilizadas.
Normativa reguladora