La jornada electoral de las elecciones al Claustro 2025 será el 20 de noviembre de 2025, de 10:00 a 19:00. Los y las estudiantes ejercen el derecho de voto en las mesas electorales de su centro.
En caso de no poder votar presencialmente, se puede votar anticipadamente.
Voto anticipado personal
- Quién puede hacer uso de esta opción: cualquier elector o electora.
- Dónde: en el decanato del centro donde esté cursando sus estudios.
- Cuándo: desde el momento de presentación de candidaturas y hasta las 14:00 horas del miércoles 19 de noviembre de 2025.
- Cómo: hay que preparar el voto en un sobre cerrado, sin ninguna indicación ni inscripción, que se tendrá que colocar dentro de otro sobre en el que se indicará en la parte frontal:
- La elección de que se trate: ADR, Junta de Centro, Claustro u otros.
- Colegio electoral (facultad),
- El colectivo en relación al cual se efectúa el voto (en este caso, estudiantes)
- La indicación “Voto anticipado”.
- El voto se puede realizar en la papeleta oficial si ya está disponible o, si no lo está, en una hoja en la que el elector o la electora tiene que hacer constar su voto de forma suficientemente clara.
- El elector o electora tiene que identificarse con el DNI, pasaporte, carné de conducir o carné universitario, si lleva fotografía, para que se compruebe que la persona está inscrita en el censo y acredita su personalidad.
Voto anticipado a través de otra persona
- Quién puede hacer uso de esta opción: los electores o electoras que no puedan votar personalmente o que les resulte extraordinariamente complejo por circunstancias debidamente justificadas. Se entienden como causas justificadas las siguientes:
- Enfermedad que cause dificultad para acudir a votar en persona.
- Estancia fuera de la Universidat el día de la elección con motivo de permisos, estancias de estudios o investigación, incluidas las estancias Erasmus y similares.
- Razones laborales.
- Otras de fuerza mayor.
- Dónde: en el decanato del centro donde esté cursando estudios.
- Cuándo: desde el momento de presentación de candidaturas y hasta las 14:00 horas del miércoles 19 de noviembre de 2025.
- Cómo: se tiene que preparar un sobre en el cual:
- Se indicará en el frontal la elección de que se trate (ADR, Junta de Centro, Claustro u otros), colegio electoral (facultad), colectivo en relación al cual se efectúa el voto (estudiantes, en este caso) y la indicación “Voto anticipado mediante tercera persona”. Este sobre tiene que ir firmado en la solapa por el elector o la electora de tal manera que sea imposible abrir esta solapa sin romper la mencionada firma.
- El sobre tiene que contener en su interior:
- El voto, dentro de otro sobre cerrado, sin ninguna indicación ni inscripción. El voto se puede realizar en la papeleta oficial si ya está disponible o, si no hay, en un folio en que el elector o electora ha de hacer constar su voto en forma suficientmente clara.
- Escrito del elector o electora que deje constancia de su deseo de ejercer el voto.
- Copia del documento acreditativo de la identidad del elector o electora.
- Documento que justifique la razón alegada para el voto anticipado a través de otra persona.