La unidad de gestión podrá acceder a toda la documentación del expediente.
Podrá en cualquier momento comunicarse con el solicitante a través de notificaciones en Sede Electrónica de la UV. Un ejemplo podría ser la subsanación que les permite reclamar documentación adicional. También cabe destacar que la ley indica que las administraciones podrán requerir en cualquier momento que se aporte la documentación que acredite el cumplimiento de los mencionados requisitos y el interesado deberá aportarla (Art.69).
La documentación en el expediente se clasifica en:
- Recibida
- La adjuntada por la persona solicitante en el formulario inicial.
- Documentación de expedientes asociados
- Anexada a posteriori por el solicitante a través del procedimiento ANEXO o en respuesta a una notificación.
- Interna
- Anexada por la unidad gestora. Pueden ser informes, documentos firmados o documentos sin firma y resoluciones
El gestor podrá ir adjuntando documentación a través del botón ‘adjuntar fichero interno’.