Esta modalidad de reconocimiento está regulada en los artículos 4 y 11 del Reglamento para el reconocimiento y la transferencia de créditos de la UV.
1.- La experiencia laboral y profesional acreditada también podrá ser reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial, siempre que esa experiencia se muestre estrechamente relacionada con los conocimientos y competencias propias del título universitario.
2.- La comisión académica responsable del título oficial correspondiente determinará el período mínimo de tiempo acreditado de experiencia laboral o profesional requerido para poder solicitar y obtener este reconocimiento de créditos, que en ningún caso podrá ser inferior a 6 meses.
Este reconocimiento debe realizarse, con caracter general, respecto a la asignatura "Prácticas Externas".
El número de créditos reconocidos no podrá ser superior al 15% del total de créditos de la titulación.
La solicitud se realiza a través del registro electrónico, desde el 15 de julio hasta el 13 de septiembre de 2024.
Documentación que es necesario adjuntar:
- Documentación que acredite la realización de la actividad.
Si la actividad se realiza para una empresa u organismo, es necesario adjuntar:
- Certificación de la empresa u organismo en que se concrete que la persona interesada ha ejercido o realizado la actividad laboral o profesional para la que solicita el reconocimiento y el periodo de tiempo de la misma, que necesariamente ha de coincidir con lo reflejado en el informe laboral
- Informe laboral que debe acreditar la antigüedad laboral en el grupo de cotización que la persona solicitante considere que guarda relación con las competencias previstas en los estudios correspondientes.
Si la actividad se ha realizado por cuenta propia, será necesario adjuntar certificado censal, certificado colegial o cualquier otra documentación que acredite que se ha ejercido la citada actividad por cuenta propia.
Tasas
Si la solicitud se resuelve favorablemente, se generará el recibo correspondiente para que el interesado pueda satisfacer la tasa establecida por la Generalitat Valenciana (100% del precio de los créditos a reconocer).