Este trámite permite a los doctorandos y doctorandas comunicar en la Escuela de Doctorado el inicio y la finalización de una situación que da derecho a la interrupción del cómputo del plazo máximo de duración de los estudios de doctorado.
Dan derecho a esta interrupción las situaciones siguientes, de acuerdo con el artículo 3.5 del RD 99/2011 y la normativa vigente:
- incapacidad temporal,
- nacimiento
- adopción,
- guarda con fines de adopción,
- acogida,
- riesgo durante el embarazo
- riesgo durante la lactancia,
- violencia de genero,
- cualquier otra situación prevista en la normativa aplicable.
La concesión de la interrupción implica los efectos siguientes:
• Se interrumpe el cómputo del plazo máximo de duración de los estudios de doctorado.
• Durante este periodo, el estudiante tiene bloqueado el acceso al **RAPID.
• No pueden ser evaluados ni el plan de investigación ni el documento de actividades.
• No se puede solicitar el reconocimiento de actividades ni depositar la tesis doctoral mientras duro la interrupción.
• La situación de incapacidad temporal o de permiso de maternidad o paternidad no exime del pago de las tasas de matrícula del curso académico en que el estudiante esté matriculado/**da, excepto en los casos en que la baja se prolongue durante más de un curso académico.
• La Escuela de Doctorado informa la **CAPD de la situación del doctorando o doctoranda
- Mediante el trámite electrónico, el doctorando o doctoranda tiene que adjuntar la documentación justificativa de la situación de incapacidad o permiso.
- Una vez finalizada la situación, tiene que comunicar el alta a través del mismo trámite y aportar la documentación correspondiente.
- La Escuela de Doctorado, una vez registrada el alta, actualizará la nueva fecha tope para el depósito de la tesis doctoral.
El doctorando o doctoranda
Las comunicaciones de baja se tienen que presentar una vez producida la situación de incapacidad temporal, y las de alta, como máximo, dentro del mes siguiente a la finalización de la situación.
La Escuela de Doctorado
La presentación de las solicitudes de interrupción temporal por incapacidad temporal se tendrá que realizar exclusivamente mediante la Sede Electrónica UV, y dentro de esta, a través del Registro electrónico.
htpps://webges.uv.es/uvEntreuWeb/#/login?idform=EXPSOLP2U&idgrupo
Registro electrónico
Tipo de órgano al cual se dirige: “Centros”
Órgano al cual se dirige: “Escuela de Doctorado”
Tramitación: “Gestiones específicas de la unidad”
En el desplegable, se tiene que seleccionar "Interrupción doctorado por incapacidad temporal".










