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¿Es obligatorio otorgar capitulaciones matrimoniales?
No lo es. Existe libertad para otorgarlas o no, tanto antes como después del matrimonio.
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¿En qué Comunidades Autónomas se rigen los cónyuges por la separación de bienes si no otorgan capitulaciones matrimoniales?
En Catalunya, Illes Balears (Mallorca y Menorca), y, desde la entrada en vigor de la Ley de régimen económico matrimonial valenciano, en la Comunitat Valenciana.
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¿Cuáles son las principales ventajas e inconvenientes de la separación de bienes?
Su principal ventaja es la sencillez y la flexibilidad de los cónyuges a la hora de gestionar su patrimonio. Su inconveniente más destacado es su insolidaridad, pues los cónyuges no comparten las ganancias del otro aunque se hayan generado durante su vida en común. Por ello suele desaconsejarse en aquéllos matrimonios en que sólo uno de los consortes obtiene ingresos en el ejercicio de su trabajo o profesión fuera del hogar, mientras que el otro se dedica a las labores domésticas y al cuidado de los hijos.
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¿Por qué el régimen de participación no es habitual en la práctica?
Principalmente por dos razones. La primera es que no goza de tradición jurídica en España, pues fue un régimen importado del Derecho alemán. La segunda es que, para que se aplique, es necesario pactarlo en capitulaciones matrimoniales y la mayoría de matrimonios no suele otorgarlas.