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Una estudiante analiza los procedimientos concursales de la persona natural en su TFM

Karenn Díaz Campos

El concurso de la persona natural es de especial interés al Derecho, sobre todo teniendo en consideración los efectos negativos que tiene su insolvencia en el sistema económico nacional.

4 de septiembre de 2018

Título: Procedimientos concursales de la persona natural en la Ley 20.720. Un análisis doctrinal y jurisprudencial.

Autora: Karenn Díaz Campos

La insolvencia de un conjunto de deudores consumidores puede generar la insolvencia de una serie de acreedores, lo que origina una reacción en cadena que produce una afectación al orden público económico. Este problema da pie a la elaboración del TFM Procedimientos concursales de la persona natural en la Ley 20.720. Un análisis doctrinal y jurisprudencial.

La modificación al sistema concursal que trajo la Ley 20.720/2014 de Reorganización y liquidación de empresas y personas propone una denominación distinta a la conocida hasta ahora. Así, se distinguen los procedimientos aplicables para las personas naturales y para las empresas deudoras. Bajo el régimen de la antigua Ley de Quiebras (18.175/1982), el sistema concursal chileno se encontraba al debe ante la normativa y estándar fijado por los países miembros de la Organización para el Desarrollo Económico (OCDE). Sin embargo, el legislador ha olvidado algunos factores relevantes e incluso ha dejado cláusulas ambiguas que dificultan la aplicación de los procedimientos concursales y, en muchos casos, queda a definición jurisprudencial o administrativa, entendiendo que la primera en Chile no constituye precedente y los criterios pueden perfectamente cambiar.

El origen de la normativa concursal fue declarado con el enfoque de incentivar el emprendimiento y teniendo muy presente la figura del emprendedor y su vital papel en el crecimiento de la economía nacional. Pero a su vez, la nueva normativa concursal se preocupa de crear procedimientos especiales para la persona natural no empresaria a fin de otorgar a estos una verdadera oportunidad de reemprender. Es en esta última perspectiva que se centra el interés de esta investigación y especialmente el análisis de los Procedimientos Concursales de la Persona Natural en la Ley 20.720 y de algunos conflictos que ha presentado la aplicación de estos procedimientos concursales.

La investigación dilucida si la normativa que regula el concurso de la persona natural en Chile es una herramienta adecuada del Estado para evitar el sobreendeudamiento del deudor consumidor

En el actual sistema económico que nos encontramos en Chile es creciente la preocupación del sobreendeudamiento de los particulares, donde es totalmente factible el caer en operaciones ruinosas que conducen inevitablemente a la insolvencia. En lo objetivo al no contemplarse un sistema de prevención del sobreendeudamiento del deudor consumidor ni de exoneración de las deudas de éste sumado al fácil acceso al crédito y a la baja renta mínima se genera un escenario perverso que poco garantiza el crédito y patrimonio de los deudores, cuando éstos no son empresarios.

A esta situación de análisis se suma la importancia de la determinación de la propia insolvencia en el procedimiento de liquidación voluntaria, lo que se complica aún mas cuando nos centramos en el caso de la exigibilidad del pago del crédito con aval del Estado en el caso de solicitud de liquidación voluntaria. El fallo de la Corte Suprema en la causa rol Nº4656-2017 fijo el criterio de exclusión del crédito con aval del Estado, lo que trae consigo una delimitación del límite del freshstart y el Crédito con aval del Estado como crédito especialmente excluido de los procedimientos concursales.

Todo lo planteado hasta ahora, nos lleva a tener presente la situación económica del deudor consumidor en Chile y en parte explicaría el por qué la deuda de los hogares chilenos roza el 70% de sus ingresos, según lo declara el mismo Banco Central. Y el cómo el mismo sistema, en la actualidad, facilita el acceso al crédito, pero no alza las remuneraciones ni mejora la desigualdad de la repartición de los activos en la sociedad chilena.

Se requiere entonces una mejora al sistema concursal chileno o en su caso, que el legislador se preocupe especialmente de la situación económica del deudor persona natural, para prevenir una crisis mayor del sistema, la que de mantenerse las condiciones actuales del sistema concursal y con el aumento persistente del endeudamiento de la población chilena, sumada a los ajustes fiscales de este año, no garantizan un sistema que se ocupe efectivamente de la insolvencia y cesación de pagos del deudor consumidor.

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