La Facultad de Derecho de Valencia tiene una historia que arranca con la misma fundación de su Universidad. En las primeras constituciones del Estudi General, las de 1499, ya se recogen los estudios de Leyes y Cánones. La importancia de estas enseñanzas es escasa durante bastantes años, porque la escasez de medios económicos, obliga a que un solo catedrático explique en cada una de las facultades. Tendremos que esperar a los Estatutos de 1651 para comprobar el auge que han adquirido los estudios jurídicos en València. Ahora ya se establece una carrera con varios profesores (algunos pagados con rentas eclesiásticas, los denominados pabordes) y dividida en cuatro cursos, donde se enseña derecho romano o civil (en la facultad de Leyes) y canónico (en la de cánones). Por este motivo, la abolición de Fueros, producida por el decreto de 29 de junio de 1707, no afecta al contenido de las explicaciones, porque estas en nada no recogen derecho propio del Reino). Tendremos que esperar al Plan Blasco de 1787, porque se imparta en València la primera cátedra de "derecho real" (ahora derecho castellano), que había de explicarse por la obra de Torre y Manuel "Instituciones del Derecho civil de Castilla".
La revolución liberal marca un cambio profundo en los estudios universitarios. Los diferentes planes de estudio de las Universidades del Antiguo Régimen, ahora se hacen homogéneos para todas ellas. Las dos facultades de leyes y cánones son refundidas en una, denominada de jurisprudencia, en el decreto de Espartero de 1842 . Y sus contenidos también se modifican y ahora pierden importancia progresiva, aunque siguen hegemónicos, las asignaturas cuyo contenido es derecho privado. En su lugar, se van introduciendo asignaturas como derecho procesal, administrativo, político, historia etc. La mayoría de estas reformas quedan recogidas en el plan Gamazo de 1883, un texto que estará vigente hasta bien entrado el franquismo.