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¿Son prioritarios los intereses de un estado frente a los derechos humanos?

  • 30 abril de 2014
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Estamos viviendo una etapa ciertamente convulsa en referencia a la Justicia Universal en nuestro país. No solo sufrió una modificación durante la anterior legislatura que la dejó algo “lisiada”, sino que hemos sido testigos de una modificación por parte del actual gobierno que nos ha dejado a todos prácticamente sin palabras. Modificación que ha supuesto que la Justicia Universal contenida en el art. 24.3 de nuestra LOPJ quede totalmente vacía de contenido, sin ninguna posibilidad de juzgar aquellos crímenes más atroces que han cometido y siguen cometiendo los Estados en la actualidad y que por tanto quedan impunes ante la mirada atónita del mundo.

Hemos sido criticados por otros Estados y se nos ha puesto en el punto de mira de la Unión Europea por la modificación de nuestra ley, que no solo obliga a archivar casos como el Caso Tíbet, sino que se está cuestionando si delitos internacionales como el tráfico de drogas en los que España ha hecho un buen trabajo por medio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en altamar, al no poder enjuiciar a los narcos detenidos y que a día de hoy, debido al gran agujero que ha dejado la reforma del gobierno de la Justicia Universal, están siendo puestos libertad aquellos que fueron detenidos en aguas internacionales.

El caso Tíbet ha tenido una larga andadura desde que sus promotores decidieran interponer las querellas ante la Audiencia Nacional en 2005. En total se han dictado 9 autos http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp, el último decretando las órdenes de busca y captura contra varios ex dirigentes del Partido Comunista Chino, y el que ha causado enorme malestar a las autoridades Chinas, por lo que envió a nuestro país una delegación del Gobierno en funciones en el Tíbet para mantener conversaciones con nuestro ejecutivo. Se especula que los asuntos económicos y la deuda española comprada por China tiene mucho que ver con la modificación de la ley, por lo que el Gobierno ha sucumbido ante las presiones de las autoridades chinas.

El Gobierno se dio mucha prisa en presentar el anteproyecto de reforma de ley que cambiaría la Justicia Universal en nuestro país, y pese a estar en contra la mayor parte de los parlamentarios no hubo ningún problema en aprobar el borrador, dado que cuenta con la mayoría absoluta y por lo tanto no necesita del apoyo de ningún grupo parlamentario para aprobar el texto que ha modificado la LOPJ, por lo que el Juez Moreno que lleva el caso del genocidio del Tibet no ha tomado ninguna decisión y ha remitido la cuestión al Pleno, siendo conscientes de que la causa quedará archivada sin más.

 

Sin embargo, el Magistrado-Juez Santiago Pedraz del Juzgado Central Instrucción núm. 1 de la Audiencia Nacional y que instruye el caso del periodista José Couso que fue asesinado en Bagdag por los ataques perpetrados por el ejercito americano en el hotel donde se hospedaban todas las delegaciones de prensa durante la Segunda Guerra del Golfo.

Pero si hay algo que deja en entredicho a esta reforma son aquellos Tratados y Convenios firmados por el Reino de España, como es el caso de la Convención de Ginebra y que al parecer esto ha sido olvidado por el Ejecutivo al realizar la reforma de la LOPJ, ya que España forma parte de este Tratado al firmarlo, ratificarlo y publicarlo, y por tanto, está obligada a perseguir el delito sea cual sea la nacionalidad de los autores y el lugar donde éstos se encuentren. En el art. 146 de la Convención de Ginebra establece que “Cada una de las Partes Contratantes tendrá la obligación de buscar a las personas acusadas de haber cometido, u ordenado cometer, una cualquiera de las infracciones graves, y deberá hacerlas comparecer ante los propios tribunales, sea cual fuere su nacionalidad. Podrá también, si lo prefiere, y según las condiciones previstas en la propia legislación, entregarlas para que sean juzgadas por otra Parte Contratante interesada, si ésta ha formulado contra ella cargos suficientes”. También debe haberse olvidado de que una norma interna no puede modificar ni derogar un Tratado o Convenio Internacional, dado que esto vulnera la propia Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y en cuyos artículos 26 y 27 respectivamente establece que: “Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe “pacta sun servanda” y “una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación de incumplimiento de un tratado”.

Nos preguntamos si el Gobierno está invadiendo la esfera del Poder Judicial al modificar a su antojo leyes que permiten dejar en la impunidad delitos tan graves contra las personas, el genocidio, o el delito de lesa humanidad, y todo ello por una crisis abierta con el Gobierno chino al ser imputados varios de sus ex dirigentes.

El Ejecutivo antepone claramente los negocios ante los Derechos Humanos y con ello la impunidad de aquellas autoridades que cometen delitos contra las personas, ya sea en su propio Estado ya sea en otro que haya invadido. Ello nos crea muchas dudas de cuál es el precio de ser un simple ciudadano. El poder del dinero está por encima de todo antes que la vida de millones de personas. Si un Gobierno cede ante las presiones de otro Estado, ¿estaría mostrando su debilidad ante el resto de la Comunidad Internacional? Si un Estado comete agresiones tan graves y no es juzgado por ello, nos preguntamos ¿qué papel tienen los Tratados Internacionales?

No tiene justificación alguna esta reforma que deja fuera de control judicial delitos tan graves contra la humanidad. ¿Se podría acusar de complicidad a un Estado que permite sobreseer procesos como el Genocidio del Tíbet, o el asesinato de José Couso, entre otros muchos? El factor disuasorio para cometer delitos de tal envergadura se evapora con el carpetazo que se le da a la Justicia Universal en nuestro país, y con él el derecho de las víctimas no solo a obtener justicia, sino también a que los responsables de tales crímenes sean juzgados y condenados.

Como estudiantes del Master de Derechos Humanos, Democracia y Justicia Internacional mantuvimos contacto con representantes de los Grupos parlamentarios en el Congreso, a los que remitimos un manifiesto contra tal reforma. Ahora nuestro trabajo desde la Clínica Juridica será buscar argumentos en la que se plantee que la Justicia Universal es necesaria para cualquier ordenamiento jurídico.

Mª Mercedes Ortolá Seguí. Licenciada en Derecho. Clínica Jurídica per la Justicia Social