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ANULACIÓN DE MATRÍCULA

Supuestos

Únicamente procede la anulación de matrícula a petición del estudiante en los supuestos de causa de fuerza mayor que hagan imposible la continuación de los estudios en el curso académico de qué se trate.

De acuerdo con la normativa de matrícula se entiende por fuerza mayor:

  1. Enfermedad
  2. Trabajo o causas de índole profesional.
  3. Pérdida económica de la unidad familiar.
  4. Cualquier otra causa que se considere equiparable a las anteriores.

La solicitud de anulación por fuerza mayor puede ser de:

  1. Anulación total de la matrícula.
  2. Anulación parcial, que permite anular asignaturas siempre que la matrícula resultante respete los mínimos de matrícula que exige el artículo 12 del Reglamento de Matrícula, así como la obligatoriedad de matricular las asignaturas obligatorias y básicas pendientes de cursos anteriores (art.9).

Tanto en el supuesto de solicitar una anulación parcial como total de matrícula, la causa alegada se tiene que haber producido de forma sobrevenida con posterioridad a la fecha de matrícula.

Plazos

La solicitud se debe formular dentro de los plazos establecidos en el calendario de gestión académica. En el caso de alumnos matriculados en grado estos plazos son, para el curso 2023-2024:

En el caso de anulaciones parciales de matrícula,

  • Asignaturas del primer cuatrimestre, hasta el 10 de diciembre de 2023.
  • Asignaturas del segundo cuatrimestre y anualeshasta el 1 de mayo de 2024.

En el caso de anulaciones totales de matrícula, hasta el 1 de mayo de 2024.

Procedimiento

Las solicitudes se presentarán a través del correspondiente procedimiento habilitado en la sede electrónica de la Universitat de València: http://entreu.uv.es/

Una vez presentada la solicitud de anulación total o parcial de matrícula, la secretaría del centro correspondiente comprueba que aquélla está completa y va acompañada de la documentación justificativa de la causa de fuerza mayor alegada para anular la matrícula. En caso contrario, se requerirá al alumno para que subsane la solicitud.

La tramitación de estos expedientes exige que se emita un informe por parte del decano o del director de centro, que junto con la documentación en la que el alumno/a justifica la causa fuerza mayor, se remite a la comisión general de anulaciones, que hará la propuesta de resolución.

El Vicerrectorado de Estudios de Grado y Política Lingüística resuelve las solicitudes de anulación de matrícula de grado.

Una vez resuelto el expediente, el Servicio de Estudiantes, procederá a notificar la resolución al estudiante y al centro correspondiente para que este último, en su caso, proceda a regularizar la matrícula en el expediente del estudiante.

La devolución de las tasas de matrícula sólo procede en los supuestos en los que se estime una solicitud de anulación total o parcial de la matrícula presentada antes del 31 de diciembre del año en que comienza el curso académico.