El Real Decreto 99/2011 de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece que se otorgará la mención de “Doctorado Industrial” siempre que concurran las siguientes circunstancias:

a.   La existencia de un contrato laboral o mercantil con el doctorando o doctoranda. El contrato se podrá celebrar por una empresa del sector privado o del sector público, así como por una Administración Pública.

b.  El doctorando o doctoranda tendrá que participar en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo empresarial que se desarrolle en la empresa o Administración Pública en la que se preste el servicio, que no podrá ser una Universidad. El proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que participe el doctorando debe tener relación directa con la tesis que realiza. Esta relación directa se acreditará mediante una memoria que tendrá que ser visada por la Universidad.

En el supuesto de que el proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental se ejecute en colaboración entre la Universitat y la empresa o Administración Pública en la cual preste servicio el doctorando o doctoranda, se subscribirá un convenio de colaboración marco entre las partes. En este convenio se indicarán las obligaciones de la Universitat y las obligaciones de la empresa o Administración Pública, así como el procedimiento de selección de los doctorandos.

Reglamento para la obtención de la mención industrial en los títulos de doctor y doctora expedidos por la Universitat de València

Modelo de convenio de colaboración entre la empresa y la Universitat de València para la realización de un doctorado industrial