Requisitos de admisión
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¿En el caso de estudios previos en el extranjero, qué requisitos son necesarios para cursar el Doctorado en España?
Los requisitos exigidos a las personas solicitantes que hayan realizado sus estudios previos en el extranjero, varían dependiendo del país donde hayan obtenido la titulación.
Dependiendo del caso, será necesario aportar:
- La traducción de la documentación.
- La conversión de las calificaciones obtenidas en la escala de 0 a 10.
- La legalización o apostilla del título y del certificado académico oficial.
- La homologación del título extranjero o, en su defecto, el pago de la tasa correspondiente al estudio de equivalencia de la titulación.
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¿Hace falta experiencia profesional previa para ser admitido/a en un programa de doctorado?
No es requisito necesario. En todo caso, y según el programa de doctorado, puede ser un criterio para priorizar unas solicitudes respecto de otras, si hay muchas solicitudes de admisión.
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¿Qué requisitos tiene que cumplir un estudiante para solicitar la admisión en el Doctorado?
A todos los efectos, para acceder en un Programa de Doctorado en su periodo de formación, será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado (o equivalente) y de Máster Universitario. Así mismo, podrán acceder quienes se encuentran en alguno de los siguientes supuestos:
1. A todos los efectos, para el acceso en un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
2. Así mismo podrán acceder los que se encuentran en alguno de los supuestos siguientes:
a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con el que establece el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, tendrán que ser de nivel de Máster.
b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, de acuerdo con normas de derecho comunitario, sea al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados tendrán que cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
d) Estar en posesión de un título obtenido de acuerdo con sistemas educativos extranjeros, sin necesidad su homologación, previa comprobación por la universidad que este acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido de acuerdo con anteriores ordenaciones universitarias
f) Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 de Marco Espanyol de Calificaciones para la educación superior, de acuerdo con el procedimiento que establece el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y la declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles de Marco Espanyol de Calificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de arquitecto, ingeniero, licenciado, arquitecto técnico, ingeniero técnico y diplomado. -
¿Con qué titulación puedo acceder en un programa de doctorado?
Con alguna de las titulaciones siguientes:
Título de grado y máster
Título de licenciatura
Diploma de Estudios Avanzados, obtenido de acuerdo con el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o de haber conseguido la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.
Acreditación de evaluación positiva de dos cursos de formación sanitaria especializada.
Título de doctorado de regulaciones anteriores.
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¿Hay que haber acabado los estudios correspondientes al título de acceso al programa de doctorado para hacer la preinscripción?
El estudiante que acabe los estudios de acceso al programa de doctorado este curso académico, se puede preinscribir, aunque en el momento de presentación de la solicitud no haya finalizado estos estudios.
Podrán ser admitidos y formalizar su matrícula. En todo caso esta matrícula quedará condicionada a la justificación del cumplimiento de todos los requisitos de acceso antes del 30 de noviembre. La no acreditación de estas condiciones comportará la anulación de oficio de la matrícula. -
¿Cómo puedo conocer los requisitos específicos exigidos para acceder a un programa de doctorado?
Cada programa de doctorado puede exigir requisitos específicos para la admisión. Para conocer los requisitos específicos de admisión, se puede consultar la ficha del programa de doctorado en la web del Servicio de Estudiantes y en la web de la Escuela de Doctorado, en la pestaña correspondiente a Oferta de programas de doctorado.
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¿Qué diferencia hay entre un título extranjero homologado y un título extranjero legalizado o apostillado?
La legalización o apostilla es un trámite necesario para los títulos y certificados académicos expedidos por un país ajeno en la Unión Europea o no signatario del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o el acuerdo bilateral con la Unión Europea. El trámite de la legalización o apostilla, lo tiene que realizar el estudiante en el país expedidor del título universitario oficial.
En cambio, la homologación de un título universitario expedido por un país ajeno al Espacio Europeo de Educación Superior es la resolución que emite el ministerio español con competencias en educación, y que declara que el título extranjero es equivalente a un nivel de estudios en España o a un título universitario oficial en España.
Para preinscribirse en un programa de doctorado en la Universitat de València y ser admitido/a, hace falta la legalización o apostilla de los títulos expedidos por un país ajeno en la Unión Europea o no signatario del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o el acuerdo bilateral con la Unión Europea. En cuanto a la homologación expedida por el ministerio español con competencias en educación que se requiere para los títulos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, no es necesaria si en su lugar, en el momento de hacer la preinscripción, se abonan las tasas correspondientes al estudio de equivalencia del título.Más información:
https://www.uv.es/uvweb/universidad/es/estudios-postgrado/doctorados/admision/requisitos-generales-admision-1285958261072.html#3 -
¿Qué pasa si he sido admitido/a y no me matriculé en el periodo establecido?
Los/las estudiantes admitidos/as que no se hubieran matriculado en el periodo establecido, decaerán en su derecho en la plaza, que pasará a ofrecerse en la siguiente fase de preinscripción, o si procede en el llamamiento de lista de espera.
Si fuiste admitido/a en la fase Extraordinaria de preinscripción y no te hubieras matriculado en el periodo establecido, puedes preguntar al Servicio de Estudiantes si hay plazas vacantes. -
¿Qué requisitos tiene que cumplir un estudiante para solicitar la admisión en el Doctorado?
A todos los efectos, para acceder en un Programa de Doctorado en su periodo de formación, será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado (o equivalente) y de Máster Universitario. Así mismo, podrán acceder quienes se encuentran en alguno de los siguientes supuestos:
1. A todos los efectos, para el acceso en un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
2. Así mismo podrán acceder los que se encuentran en alguno de los supuestos siguientes:
a) Estar en posesión de títulos universitarios oficiales españoles o títulos españoles equivalentes siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas enseñanzas y acreditar un nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
b) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), sin necesidad de su homologación, que acredite un nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones siempre que dicho título faculte para el acceso a estudios de doctorado en el país de expedición del mismo. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
c) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros ajenos al EEES, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster universitario y que faculta en el país de expedición del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado. El estudio de la equivalencia de títulos está sujeto a una tasa administrativa que se abona en el momento en el que se realiza la preinscripción electrónica al doctorado. (Consulte el Decreto anual del Gobierno de la Generalitat Valenciana por el cual se fijan las tasas para la prestación de servicios académicos universitarios).
d) Estar en posesión de otro título de Doctora o Doctor.
e) Igualmente podrán acceder los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.»f) Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 de Marco Espanyol de Calificaciones para la educación superior, de acuerdo con el procedimiento que establece el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y la declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles de Marco Espanyol de Calificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de arquitecto, ingeniero, licenciado, arquitecto técnico, ingeniero técnico y diplomado.
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¿Es necesario buscar un director o directora de tesis previamente a la preinscripción a doctorado?
A pesar de que no es un requisito general contar con un director/a de tesis en el momento de hacer la preinscripción, algunos programas de doctorado sí que incluyen como un requisito específico esta exigencia. Para confirmar este aspecto, puedes consultar los requisitos específicos en la ficha de cada programa de doctorado, en el apartado 'Admisión'.
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¿Es necesario acreditar el conocimiento de alguna lengua para acceder a un programa de doctorado?
Depende de los requisitos específicos que cada programa de doctorado tenga establecidos. Los requisitos específicos de admisión se pueden encontrar accediendo a la ficha de cada programa y consultado en la sección "Admisión".
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¿Qué pasa si he sido admitido en un programa de doctorado y me he matriculado, pero no acredito antes del 30 de noviembre del año en curso la finalización de los estudios que me darían acceso a los programas de doctorado?
A partir del 30 de noviembre, la Escuela de Doctorado anulará de oficio la matrícula de todos los doctorandos que no hayan acreditado la conclusión de los estudios que dan acceso a los programas de doctorado.