Modalidad a tiempo parcial
La matrícula del primer año ha de ser de 24ECTS como mínimo y, al siguiente, de 36ECTS como máximo. En nuestro caso, esto se traduce en la siguiente modulación:
- Nuestro máster comienza con la realización de los dos módulos obligatorios (de mitad de octubre a mitad de enero). Cada módulo supone 14ECTS, de modo que, con la matrícula de ambos se supera el mínimo de créditos de los que hay que matricularse: se alcanza así un total de 28ECTS. Los dos módulos en cuestión son: Sistemas Naturales y Sociedad (41052), y Técnicas para el análisis y el procesamiento de la información geográfica (41053).
- El segundo año la matrícula ha de recoger el módulo de TFM y de Prácticas Externas (PE), dos materias obligatorias en nuestro máster. Cada una de ellas, de 6ECTS, por lo que ambas suponen 12ECTS. A continuación, se debe elegir un itinerario de los dos que ofrece el máster: el de carácter ambiental o el de enfoque territorial. En ambos casos, cada itinerario está compuesto por dos módulos optativos. Cada uno de estos, de 10ECTS. Por tanto, un itinerario conlleva un total de 20ECTS. Al final, el TFM, las PE y el itinerario completo suponen 32ECTS. De este modo, se cumple con la condición de la matrícula a tiempo parcial (como máximo, 36ECTS).
- Cabe tener en cuenta que esta modulación permite cumplir con el requisito que recoge nuestro título para realizar las PE: se han de aprobar primero las materias obligatorias Sistemas Naturales y Sociedad (41052) y Técnicas para el análisis y el procesamiento de la información geográfica (41053).
- En relación con este hecho, en nuestro máster es posible convalidar la materia de PE por experiencia profesional similar, siempre que esta haya durado como mínimo seis meses, entre otros criterios. Luego, la matrícula a tiempo parcial del segundo año podría suponer que, en realidad, si se opta por la convalidación de las PE, solo se cursaran tres materias: TFM y las dos del itinerario elegido.
- Por último, y como caso excepcional, la CCA podría aceptar cambios de matrícula de estudiantes que inicialmente matriculados a tiempo completo (esto es, de los 60ECTS del máster), a mitad de la realización de este, cuando se hubieran superado (aprobado) las dos materias obligatorias (la 41052 y la 41053), decidieran pasar a la modalidad “parcial” por causas justificadas.