CONVOCATORIA PARA LA ADMISIÓN DE ESTUDIANTES CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES PARCIALES (Traslados).
Descripción
El RD 534/2024 por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado que en su artículo 44 determina que las solicitudes de plazas de estudiantes con estudios universitarios oficiales parciales a los que se les reconozca un mínimo de 30 créditos ECTS deben ser resueltas por el Rector de cada universidad de acuerdo con los criterios aprobados por su consejo de gobierno.
Según lo dispuesto en el Reglamento sobre admisión de estudiantes con estudios universitarios oficiales parciales aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de julio de 2010 (ACGUV 156/2010) modificado por ACGUV 72/2012 de 27 de marzo de 2012.
Quién puede solicitarlo
Pueden solicitar la admisión por cambio de estudios oficiales y/o universidad:
a) Las personas con estudios universitarios oficiales españoles parciales que deseen ser admitidas en estudios oficiales de grado en nuestra Universidad y les sea reconocido un mínimo de 30 créditos.
b) Las personas con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación del título en España, que deseen ser admitidas en estudios oficiales de grado y les sea reconocido un mínimo de 30 créditos.
No serán admitidas solicitudes de cambio de estudios en los casos siguientes:
a) Solicitudes que comporten la necesidad de cursar asignaturas que no se impartan como consecuencia de la extinción del plan de estudis correspondiente.
b) Solicitudes de estudiantes procedentes de otras universidades con seis convocatorias agotadas en los estudios universitarios iniciados.
Plazas disponibles
Grado en Trabajo Social: 5
Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos: 5
Grado en Sociología: 5
Plazos
Preinscripción: del 1 al 15 de julio de 2026
Lugar: Sede electrónica de la Universidad de Valencia, procedimiento 'Admisión por continuación de estudios universitarios oficiales españoles o extranjeros' - EST_ACU.
Publicación lista: antes del 30 de septiembre de 2026
- Admisión al Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos
- Admisión al Grado en Trabajo Social
- Admisión al Grado en Sociología
En todo caso, la admisión concedida para proseguir estudios en la UV comporta la realización de 30 créditos al menos, además del trabajo de fin de grado correspondiente.
Documentación a presentar en la sede electrónica:
Estudios españoles
• Certificado oficial de estudios, donde conste la duración oficial en años académicos del plan de estudios, las asignaturas cursadas, y las calificaciones obtenidas.
• Programa de las asignaturas cursadas, sellados por la Universidad de procedencia.
Nota: Si los estudios desde los que se solicita la admisión por continuación de estudios son de la propia Facultad de Ciencias Sociales solo será necesario presentar la solicitud.
Una vez admitida la solicitud, se le dará fecha para realizar la matrícula y deberá abonar el 25% del precio de las asignaturas reconocidas (más información en las instrucciones de reconocimiento de créditos).
Una vez matriculado, el estudiantado tiene que solicitar el traslado de expediente en la universidad de origen y aportarnos el resguardo de pago de las tasas de traslado.
Estudios extranjeros
a. Certificado acreditativo de la identidad y nacionalidad de la persona solicitante.
b. Documento oficial que acredite que la universidad de origen está autorizada o reconocida.
c. Declaración jurada de no haber obtenido la homologación del título de Grado en otra universidad española, ni haberla solicitado.
d. Copia compulsada del certificado académico de los estudios realizados para la obtención del titulo de Grado.
e. Copia sellada por la universidad de origen de los programas o guías docentes de las asignaturas superadas.
f. Pago de la tasa por el estudio del expediente.
Los documentos expedidos en el extranjero han de ajustarse a los siguientes requisitos:
a. Han de ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes.
b. Han de presentarse legalizados por vía diplomática o, si procede, mediante la apostilla de la Haya. Este requisito no se exigirá para los documentos expedidos por las autoridades de los estados miembros de la UE o firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
c. Ha de adjuntarse, si es necesario, la traducción oficial correspondiente de todos los documentos en cuaquiera de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana: español o valenciano.
Normativa








