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I

Igualdad de sexo

[Ver Discriminación por razón de sexo]

La igualdad de sexo se entiende como una relación de equivalencia en el sentido que las personas tienen el mismo valor, independientemente de los caracteres o actitudes que se les asocien por ser mujeres u hombres. Es un derecho fundamental que es apoya en el concepto de justicia social. Implica, por tanto la ausencia de toda forma de discriminación por razón de sexo.
Igualdad de oportunidades Principio que presupone que hombres y mujeres tengan las mismas garantías de participación plena en todas las esferas. Es un concepto básico para la aplicación de la perspectiva de género, ya que busca beneficiar por igual a hombres y mujeres, para que estos y estas puedan desarrollar plenamente sus capacidades y mejorar sus relaciones (tanto entre ambos sexos, como con el entorno que les rodea). La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrara y observara en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas (LOIEMH, art. 4).
Impacto de género Consiste en identificar y valorar los diferentes resultados y efectos de una norma o una política pública en uno u otro sexo, con el fin de neutralizar los mismos para evitar sus posibles efectos discriminatorios. Decisiones que parecen no sexistas pueden tener un impacto diferente en las mujeres y en los hombres, aunque esta consecuencia no estuviera prevista ni se deseara. Por esto, se procede a una evaluación del impacto en función del género para evitar consecuencias negativas no intencionales y para mejorar la eficacia de las políticas (Guía para la evaluación del impacto en función del género UE). España aprobó la Ley 30/2003 de 13 de octubre sobre medidas para incorporar la valoración de impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno, ejemplo que han seguido la mayoría de las comunidades autónomas.
Indicadores de género o indicadores de igualdad Los indicadores de género tienen la función de hacer visibles los cambios sociales en términos de relaciones de género a lo largo del tiempo. Su utilidad consiste en mostrar la situación específica de las mujeres y los hombres, así como los cambios que se producen en los dos grupos de población (…). El conocimiento que aportan estos indicadores supone una aproximación a la situación de las mujeres y a los hombres, así como la influencia de factores determinantes que expliquen diferencias de comportamientos, actitudes y valores entre ambos sexos (…). Son unas herramientas imprescindibles para la planificación de les políticas, tanto para prever y emprender acciones como para evaluar otros parámetros orientativos sobre la situación actual de las mujeres (Cristina Carrasco).
Indicadores no androcéntricos o sensibles a la diferencia sexual Un sistema de indicadores no androcéntrico se tendría que orientar en ambos sentidos. Por un lado, indicadores que reflejen la evolución de la situación de las mujeres en el que hemos denominado la igualdad en masculino (por ejemplo, tasa de participación laboral); y por otro lado, indicadores que reflejen cambios en la expresión de la ideología patriarcal (por ejemplo, cambios reales en la segregación por sexo en el trabajo dando valor al trabajo con rigor) (Cristina Carrasco).
Invisibilidad A lo largo de la historia las mujeres y sus aportaciones han sido negadas y ocultadas. La historia de la humanidad se ha construido desde la visión androcéntrica del mundo que excluye a las mujeres, llegando a ni tan siquiera nombrarla (de aquí, por ejemplo, la utilización de los términos masculinos como genéricos teóricamente globalizadores, la única realidad de la cual es que ocultan y excluyen la presencia de las mujeres). Esta invisibilidad de las mujeres se debe a la desigualdad entre hombres y mujeres que parte de la superioridad de unos sobre otras. Para cambiar este mundo androcéntrico y patriarcal es necesario recuperar la historia de las mujeres, tanto por lo que respecta a las mujeres singulares como a todas las aportaciones que las mujeres han hecho desde sus distintas miradas y realidades cotidianas. (www.educastur.princast.es).

L

Listas cremallera Listas electorales en las que se alternan hombres y mujeres en toda la lista. La fórmula más exacta es el 50%, pero por extensión también se considera la fórmula 60/40, ni más del 60% de un sexo ni menos del 40% del otro. Con las listas cremallera se consigue que la presencia de las mujeres en los órganos de representación no dependa ni de la voluntad de una persona (...), ni de las decisiones de los partidos políticos, sino directamente de la Ley Electoral (A. Rubiales).

M

Mainstreaming de género

[Ver Transversalidad]

Se suele traducir por transversalidad: la organización (la reorganización), la mejora, el desarrollo y la evaluación de los procesos políticos, de manera que la perspectiva de igualdad de género se incorporen a todas las políticas, a todos los niveles y en todas las etapas, por los actores normalmente involucrados en la adopción de medidas políticas. (Informe final de las actividades del Grupo de especialistas en mainstreaming (EG‐SMS), Consejo de Europa, Serie Documentos, número 28, 1998).
Modelo de igualdad en femenino Modelo que tiene como objetivo la calidad de vida de toda la población. Eso requiere la plena integración de los hombres en las actividades no remuneradas. Dado que estas actividades requieren una dedicación variable a lo largo de la vida activa, la estructura socio-laboral se tiene que adecuar a las necesidades hombres y mujeres que asuman en condiciones de igualdad el trabajo familiar doméstico, que permite realizar la actividad mercantil y no mercantil, manteniendo un equilibrio harmónico para todas las personas.
Modelo de igualdad en masculino Tiene como objetivo la igualdad en la participación en el mercado laboral. Supone que las mujeres se irían progresivamente integrando en el mercado laboral, participando en la ocupación en igualdad de condiciones con los hombres. La idea es que las mujeres se “igualen” a los hombres respecto a lo que ha sido la actividad básica para los mismos. Ahora bien, el modelo de participación masculino implica libertad de tiempo y acción para dedicarse al mercado; por lo tanto, queda poco espacio para actividades relacionadas con la atención de las personas.

P

Patriarcado Forma de organización social, política y económica aparecida en las sociedades agrarias donde algunos varones adultos dominan a mujeres y niños/as con el fin de transmitir la propiedad y asegurar la filiación legítima de los hijos. Las mujeres son confinadas en el espacio privado y a la función reproductora, mientras que los varones se reservan el espacio público. En su sentido literal significa Gobierno de los padres. Los debates sobre el patriarcado tuvieron lugar en distintas épocas históricas, y son reprimidos en el siglo XX por el movimiento feminista de los años sesenta en la búsqueda de una explicación que diera cuenta de la situación de opresión y dominación de las mujeres y posibilitaron su liberación. Gerda Lerner (1986) lo ha definido en sentido amplio, con “la manifestación del dominio masculino sobre las mujeres y niños/as de la familia y la ampliación de ese dominio sobre las mujeres en la sociedad en general. Las teorizaciones sobre patriarcado fueron esenciales para el desarrollo de las distintas corrientes del feminismo, en sus versiones radical, marxista y materialista, entre otros (www.amnistiapr.org/educacion/presentaciones/glosarioterminos.pdf).
Planes de Igualdad Los planes de igualdad fijaran los objetivos de igualdad a conseguir, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados (LOIEMH, art. 46.1). Surgen en la Unión Europea para fomentar la igualdad entre mujeres y hombres. También se llaman Plan de Igualdad de Oportunidades. Tanto el Estado como las comunidades autónomas los han aprobado. Pueden ser de carácter general para todas las políticas del Estado, la Unión Europea o las comunidades autónomas, o también para las empresas i administraciones públicas.

Principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres

[Ver Discriminación]

Principio informador de ordenamiento jurídico que se integra en él y tiene que observarse en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. Supone la ausencia de toda discriminación por razón de sexo, ya sea directa o indirecta. Se utiliza el término discriminación de sexo para aludir a una situación en la que una persona o un grupo de personas recibe un trato diferenciado en cuanto a su sexo, lo que condicionará que les sean reconocidos más o menos derechos y oportunidades.
Políticas de igualdad de oportunidades Las políticas de igualdad se definen “como el conjunto de las decisiones, objetivos y medidas adoptadas por las instituciones públicas en relación con el fomento de la igualdad entre mujeres y hombres y con la mejora de la situación socioeconómica, política y cultural de la mujer” (María Bustelo i Emanuela Lombardo).